RESOLUCIÓN CLT/1557/2002, de 14 de mayo, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos en catalán dirigidos por nuevos realizadores y para obras de decidido contenido artístico y cultural (código 11601).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

CLT/1557/2002, de 14 de mayo, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos en catalán dirigidos por nuevos realizadores y para obras de decidido contenido artístico y cultural (código 11601).

Vistos los artículos 87 y siguientes del Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

De acuerdo con el artículo 11.e) de los Estatutos del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, aprobados por el Decreto 100/2001, de 3 de abril,

Resuelvo:

-1 Se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos en catalán dirigidos por nuevos realizadores y para obras de decidido contenido artístico y cultural.

-2 La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta Resolución es de 360.000 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: un importe máximo de 288.000 euros con cargo a la partida 470.0001 del presupuesto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales para el año 2002; y un máximo de 72.000 euros con cargo al presupuesto del año 2003.

La dotación máxima prevista podrá ser ampliada en función de las solicitudes recibidas y de las disponibilidades presupuestarias.

-3 Las subvenciones previstas en esta convocatoria se rigen por las bases que constan en el anexo de la presente Resolución, aprobadas por el Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales en su reunión de 25 de abril de 2002, y por la normativa general de subvenciones.

Barcelona, 14 de mayo de 2002

Jordi Penas i Babot

Director

Anexo

Bases

-1 Objeto

La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para la producción de largometrajes cinematográficos en catalán dirigidos por nuevos realizadores y para obres de decidido contenido artístico y cultural, cuya producción se inicie durante el año 2002. También quedan incluidos los largometrajes documentales y de animación.

A los efectos de esta convocatoria, se entiende por nuevo realizador aquel que a lo largo de su vida profesional haya dirigido dos largometrajes como máximo, clasificados para su exhibición en salas públicas. En relación a las obras de decidido contenido artístico y cultural se tienen en cuenta los proyectos que, por sus especiales características o eminente carácter cultural, puedan quedar perjudicadas por el sistema de subvención automática.

El importe máximo de las subvenciones es de 120.000 euros por proyecto.

Las subvenciones que se concedan de acuerdo con estas bases son acumulables con las subvenciones al estreno de largometrajes cinematográficos en versión catalana, y no son acumulables con las subvenciones a la explotación de largometrajes cinematográficos.

-2 Destinatarias

Pueden optar a las subvenciones las empresas de producción cinematográfica que tenga el domicilio o una sede permanente en Cataluña y estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña.

-3 Requisitos

a) Los proyectos deben obtener un mínimo del 40% del total de los puntos que le sean imputables según la siguiente relación:

Es necesario que el proyecto obtenga un mínimo de 10 puntos del grupo 1 y 4 puntos del grupo 2, a excepción de los largometrajes documentales y de animación, en los que no se tiene en cuenta el grupo 2.

Grupo 1

Por el hecho de que sean residentes en Cataluña

El/La autor/a del guión original: 5 puntos (si el/la guionista reside en Cataluña pero el guión se basa en obra original no catalana, se establecen 2 puntos sobre los 5 posibles).

El/La director/a: 10 puntos.

El/La productor/a ejecutivo/a: 6 puntos, a repartir si figura más de un/a productor/a ejecutivo/va.

El/La documentalista, responsable de la búsqueda de datos: 5 puntos (si es más de un/a documentalista, 2 puntos para cada uno hasta un máximo de 6 puntos).

El/La diseñador/a de personajes: 2 puntos.

El/La director/a de fotografía: 2 puntos.

Jefe de storyboard: 2 puntos.

El/La director/a artístico/a: 2 puntos.

El/La director/a de animación: 2 puntos.

El/La director/a de producción: 2 puntos, a repartir si figuran dos directores de producción por rodaje fuera de Cataluña.

El/La autor/a de la...

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