ORDEN ARP/413/2002, de 10 de diciembre, por la que se modifica la Orden ARP/251/2002, de 9 de julio, por la que se convocan las ayudas que integran el Plan de choque en relación con los daños catastróficos producidos por el temporal de frío de la segunda quincena de diciembre de 2001 a las explotaciones agrícolas de olivo, correspondientes al a...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/413/2002, de 10 de diciembre, por la que se modifica la Orden ARP/251/2002, de 9 de julio, por la que se convocan las ayudas que integran el Plan de choque en relación con los daños catastróficos producidos por el temporal de frío de la segunda quincena de diciembre de 2001 a las explotaciones agrícolas de olivo, correspondientes al año 2002.

La Orden ARP/251/2002, de 9 de julio, convoca las ayudas que integran el Plan de choque en relación con los daños catastróficos producidos por el temporal de frío de la segunda quincena de diciembre de 2001 a las explotaciones agrícolas de olivo, correspondientes al año 2002 (DOGC núm. 3678, pág. 12902, de 16.7.2002).

Valorada la aplicación de la citada Orden, se ha constatado la necesidad de adaptar el plazo de realización de las actuaciones de recuperación del potencial productivo en el ciclo vegetativo del olivo.

La Orden ministerial APA/2873/2002, de 6 de noviembre, establece la cofinanciación de las ayudas por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en un 50% del total de las ayudas concedidas.

Valorada la conveniencia de modificar determinados aspectos de la convocatoria establecida por la Orden ARP/251/2002;

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Modificar el artículo 1.3.3 de la Orden ARP/251/2002, de 9 de julio, que queda redactado de la forma siguiente:

"1.3.3 Los solicitantes deben haber realizado las actuaciones oportunas para conseguir la recuperación del potencial productivo de las explotaciones agrícolas de olivo antes del 1 de junio de 2003 y deben justificarse antes de finalizar el citado plazo."

Artículo 2

Modificar el artículo 1.5 de la Orden ARP/251/2002, de 9 de julio, que queda redactado de la forma siguiente:

"1.5 Las ayudas que establece esta Orden, que tienen el carácter de cofinanciadas de acuerdo con lo que prevé la Orden ministerial APA/2783/2002, de 6 de noviembre, con una cuantía máxima de 15.457.000 euros, se harán efectivas mediante transferencia bancaria a través del Instituto Catalán del Crédito Agrario de acuerdo con lo que establece la Ley 4/2002, de 5 de abril, de medidas extraordinarias para financiar, especialmente, las actuaciones derivadas de la peste porcina clásica y de los efectos de las heladas en el sector del olivo, y del Acuerdo de Gobierno de 5 de marzo de 2002 de aprobación del Plan de choque en relación con los daños...

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