DECRETO 232/2008, de 2 de diciembre, de creación del Centro de Formación de Personas Adultas Carme Karr, situado en el Centro Penitenciario Lledoners.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

232/2008, de 2 de diciembre, de creación del Centro de Formación de Personas Adultas Carme Karr, situado en el Centro Penitenciario Lledoners.

Por el Decreto 325/2006, de 22 de agosto, se crearon los centros de formación de personas adultas ubicados en centros penitenciarios de Cataluña, detallados en el anexo 1 del mencionado Decreto, a la vez que se regularon aspectos como la titularidad; el registro; las enseñanzas; la organización y el funcionamiento; la selección, el nombramiento y la dependencia del director o directora, y la inspección educativa de estos centros docentes.

Por la Orden JUS/302/2008, de 16 de junio (DOGC núm. 5157, de 20.6.2008), se creó el Centro Penitenciario Lledoners, en el término municipal de Sant Joan de Vilatorrada. Con el fin de regular la actividad formativa reglada, ahora es necesario crear el Centro de Formación de Personas Adultas Carme Karr, situado en dicho centro penitenciario.

La entrada en vigor de este Decreto se establece el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya . La exclusión de la vacatio legis oficial resulta justificada por razón de que el Centro Penitenciario Lledoners ya está en funcionamiento y se ha trasladado al mismo a las personas internas a las que se debe prestar el servicio educativo.

Por todo ello, a propuesta conjunta de los departamentos de Justicia y de Educación, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Creación

Se crea el Centro de Formación de Personas Adultas Carme Karr, situado en el Centro Penitenciario Lledoners, que se describe en el anexo de este Decreto.

Artículo 2

Enseñanza

El Centro de Formación de Personas Adultas Carme Karr puede impartir todas las ofertas educativas que se describen en el anexo 2 del Decreto 325/2006, de 22 de agosto, de creación de centros de formación de personas adultas ubicados en centros penitenciarios de Cataluña. Asimismo, incorporará la perspectiva de género y de las mujeres en sus actividades educativas y formativas.

Artículo 3

Régimen jurídico y de funcionamiento

Con respecto a la titularidad; el registro; la organización y el funcionamiento; la selección, el nombramiento y la dependencia del director o directora del centro de formación, y la inspección educativa, se aplicará lo que establece el Decreto 325/2006, de 22 de agosto, de creación de centros de formación de personas...

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