DECRETO 448/2004, de 30 de noviembre, por el que se cambia la denominación de la Secretaría de la Familia y se la reestructura parcialmente.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

448/2004, de 30 de noviembre, por el que se cambia la denominación de la Secretaría de la Familia y se la reestructura parcialmente.

Mediante el Decreto 93/2000, de 22 de febrero, se creó la Secretaría de la Familia, como órgano específico para el desarrollo coordinado, integral e integrado, la potenciación y el impulso efectivo de las políticas de atención y protección a la familia.

El concepto de familia ha evolucionado para dar paso a otro nuevo que recoge de forma más clara la diversidad familiar existente. De la definición tradicional de familia basada en el matrimonio y en el reparto de cargas y funciones por razón del sexo, se ha pasado a la definición que considera a la familia como un núcleo de convivencia fundamentado en relaciones paritarias entre sus miembros y donde las personas encuentran el espacio idóneo para su desarrollo social y afectivo, así como un eje central en la educación y socialización de los niños. El concepto de familia, por tanto, ha adquirido un significado más amplio que abarca la diversidad de familias que conforman la sociedad catalana. A todo ello deben añadirse los cambios estructurales en la Secretaría de la Familia, producidos por la incorporación a la Secretaría, en el año 2002 y mediante el Decreto 284/2002, de 19 de noviembre, de estructuración y reestructuración parcial de diversos departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña. de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia y del Instituto Catalán de la Adopción y la Acogida. Ello ha supuesto que la Secretaría tenga la responsabilidad máxima también en las políticas públicas de infancia. Respecto al cambio de la denominación de la Secretaría de la Familia, debe tenerse presente que el artículo 1 de la Convención sobre los derechos de la infancia, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por España el 30 de noviembre de 1990, considera niño a todo ser humano menor de dieciocho años. Dicha Convención forma parte del ordenamiento interno, de conformidad con el artículo 96.2 de la Constitución española. En consecuencia, visto el uso del término infancia en el sentido establecido por la Convención sobre los derechos de la infancia, se considera conveniente un cambio en la denominación de la Secretaría de la Familia, a fin de adaptarla a estas perspectivas, que pasa a...

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