DECRETO 219/2008, de 11 de noviembre, por el que se establece el calendario de vacunaciones sistemáticas.

Fecha de Entrada en Vigor13 de Noviembre de 2008
SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

DECRETO

219/2008, de 11 de noviembre, por el que se establece el calendario de vacunaciones sistemáticas.

El primer calendario de vacunaciones de Cataluña se publicó en el año 1980 mediante la Resolución de 8 de febrero de 1980 del director general de Promoción de la Salud, una vez transferidas a la Generalidad de Cataluña las competencias en materia de promoción de la salud. En el año siguiente se aprobó el Plan de vacunaciones sistemáticas, mediante el Decreto 157/1981, de 19 de junio, que fijó los criterios para la planificación, ordenación, ejecución y evaluación de este Plan y estableció como calendario de vacunaciones del Plan el aprobado mediante la Resolución de 8 de febrero de 1980, antes citada. Desde entonces, el calendario de vacunaciones sistemáticas ha sido modificado en varias ocasiones, primero mediante les resoluciones del director general de Promoción de la Salud de 31 de julio de 1987 y de 15 de abril de 1988, y, posteriormente, por la Orden de 19 de agosto de 1992. A partir del año 1999, el calendario de vacunaciones sistemáticas se estableció mediante el Decreto 60/1999, de 9 de marzo, por el que se establece el calendario de vacunaciones sistemáticas. Este Decreto ha sido objeto de modificaciones posteriores mediante el Decreto 318/2000, de 27 de septiembre; el Decreto 135/2002, de 30 de abril; el Decreto 247/2005, de 8 de noviembre, i el Decreto 54/2007, de 6 de marzo. Los cambios en el calendario están motivados por la conveniencia de utilizar en cada momento las pautas vacunales más adecuadas, de acuerdo con las circunstancias epidemiológicas y los conocimientos científicos de que se dispone, así como por la incorporación de nuevas vacunas.

El aumento de los conocimientos en vacunología y la disponibilidad de un mayor número de vacunas han propiciado una aceleración de los cambios en las vacunas y pautas recomendadas, que cada vez son más frecuentes. Por este motivo, es necesario que el calendario de vacunaciones esté en un proceso permanente de revisión, de modo que, mediante este Decreto se faculta a la persona titular del departamento competente en materia de salud para efectuar en el calendario aquellas modificaciones o actualizaciones sobre las pautas vacunales que se regulan que requieran una revisión para adaptarse a los nuevos requerimientos científicos y epidemiológicos y que no comporten la introducción de nuevas vacunas. Estas modificaciones se deberán efectuar de acuerdo con las recomendaciones del Consejo Asesor de Vacunaciones del departamento competente en materia de salud, y teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos presupuestarios con el fin de implementar estas recomendaciones.

En relación con las vacunas que deben administrarse, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordó el 10 de octubre de 2007, por unanimidad, la inclusión de la vacuna contra el virus del papiloma humano en los calendarios de vacunaciones sistemáticas de las comunidades autónomas, ratificando el acuerdo de la Comisión de Salud Pública de 26 de septiembre. El acuerdo ha recomendado la vacunación de las adolescentes de una unidad cohorte en edad comprendida entre los 11 y los 14 años, y que se haga efectiva antes de finalizar el año 2010, según las necesidades, prioridades y logística de cada comunidad autónoma.

Con el nombre genérico de virus del papiloma humano (VPH) se designa a un grupo de virus, ampliamente difundidos en todas las poblaciones, que infectan las superficies corporales (piel y mucosas). Existen más de 100 tipos de VPH, que muestran predisposición diferente para determinadas zonas. Los VPH pueden producir...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR