ORDEN EMO/252/2013, de 17 de octubre, por la que se garantiza el servicio esencial de limpieza y cocina que las empresas Clece, SA, La Bruixa, neteges generals i manteniments, SL, y Comertel, SA, prestan a diferentes guarderías cuya titularidad corresponde al Departamento de Enseñanza.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

Vista la convocatoria de huelga presentada por las representantes de las trabajadoras de las empresas Clece, SA, La Bruixa, neteges generals i manteniments, SL, y Comertel, SA (registro de entrada de 8 de octubre de 2013), que está prevista para los días 21 al 25 de octubre de 2013, durante toda la jornada laboral, y que afecta a todas las trabajadoras que realizan el servicio de limpieza y cocina en las guarderías La Pomera, El Gavot, La Ginesta, Barrufets, Josep Pallach, El Passeig, y L’Airet, del Consorcio de Educación de Barcelona (Clece, SA), El Garbí, L’Espurna, L’Oreneta, Sant Roc, y El Tren (La Bruixa, neteges generals i manteniments, SL), L’Arrel, El Drac, y Dumbo (Comertel, SA);

Considerando que el servicio de limpieza debe considerarse como un servicio esencial para la comunidad, ya que su interrupción afectaría derechos fundamentales como el derecho a la salud, de acuerdo con los artículos 15 y 43 de la Constitución;

Considerando que se deben garantizar las máximas condiciones higiénico-sanitarias para evitar cualquier riesgo de contaminación, valorando que el derecho a proteger es el de la salud;

Considerando que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias para mantener el servicio esencial y garantizar los derechos constitucionales, tal como señalan los artículos 28 y 37 de la Constitución, teniendo en cuenta que esta restricción debe ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Considerando que la falta de limpieza en las guarderías donde hay población infantil puede suponer un riesgo sanitario, y teniendo en cuenta la sentencia núm. 584 del TSJ de Cataluña, de 18 de julio de 2013, relativa a los servicios mínimos dictados para un día de huelga en las mismas empresas, se considera adecuado, dado que en este caso la huelga durará cinco días, dar cobertura a los servicios de limpieza y de cocina, y establecer unos servicios mínimos consistentes en una persona para el servicio de cocina y otra para el servicio de limpieza, durante el horario de atención al niño en cada centro, siempre que sea necesario, de acuerdo con el informe sobre servicios mínimos emitido por el Departamento de Enseñanza, por tener garantizados estos servicios, en algún centro, con personal propio del Departamento de Enseñanza;

Considerando que, de acuerdo con el informe de Enseñanza en los centros de...

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