RESOLUCIÓN IRP/3139/2007, de 5 de octubre, de convocatoria de concurso oposición, por el turno libre, para cubrir 7 plazas de personal facultativo, licenciados/as en biología o bioquímica, del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad (núm. de registro de la convocatoria DPL/019/07).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

IRP/3139/2007, de 5 de octubre, de convocatoria de concurso oposición, por el turno libre, para cubrir 7 plazas de personal facultativo, licenciados/as en biología o bioquímica, del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad (núm. de registro de la convocatoria DPL/019/07).

Visto lo que disponen los artículos 17, 18.2 y 28 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, y de acuerdo con el Decreto 45/1999, de 23 de febrero, de regulación de los puestos de trabajo de facultativos y técnicos del cuerpo de mozos de escuadra; el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Reglamento de selección de personal de la Administración de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto 28/1986, de 30 de enero, y el resto de normativa de aplicación;

Visto el Acuerdo GOV/58/2007, de 10 de abril, publicado en el DOGC número 4866, de 20.4.2007, que aprueba la oferta de empleo público, entre otras, de 63 plazas de facultativo del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad de Cataluña para el año 2007;

Vista la relación de puestos de trabajo vigente del personal funcionario del cuerpo de mozos de escuadra;

En uso de las competencias que me atribuye el artículo 9.1 del Decreto 45/1999, de 23 de febrero, de regulación de los puestos de trabajo de facultativos y técnicos del cuerpo de mozos de escuadra, y de conformidad con el artículo 1.h) de la Resolución IRP/4181/2006, de 18 de diciembre, de delegación de funciones del consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación en varios órganos del Departamento,

Resuelvo:

Artículo 1

Se abre la convocatoria de concurso oposición, por el turno libre, para cubrir 7 plazas de personal facultativo, licenciados/as en biología o bioquímica, del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria DPL/019/07), con sujeción a las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2

Contra esta Resolución y sus bases, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, en el plazo de un mes como prevé el artículo 117 de la Ley mencionada, o bien recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación o notificación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con lo que prevé el artículo 10 de la Ley mencionada. Estos plazos se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 5 de octubre de 2007

P. D. (Resolución IRP/4181/2006, DOGC de 21.12.2006)

Joan Boada i Masoliver

Secretario general

Anexo 1

Bases

.1 Normas generales

1.1 Se abre la convocatoria para cubrir 7 plazas de personal facultativo, licenciados/as en biología o bioquímica, del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad de Cataluña, cuyas características son las que constan en el anexo 2 de esta Resolución. El procedimiento de selección es el de concurso oposición, por el turno libre, que prevé el artículo 28 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

1.2 Las funciones que tienen que ejercer las personas funcionarias que sean nombradas serán las que establece el artículo 2 del Decreto 45/1999, de 23 de febrero, de regulación de los puestos de trabajo de facultativos y técnicos del cuerpo de mozos de escuadra.

.2 Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Para tomar parte en esta convocatoria las personas aspirantes tienen que cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener la nacionalidad española.

  2. Haber cumplido los 18 años y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa.

  3. Estar en posesión del título universitario de licenciado/a en biología, bioquímica o equivalente. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, tendrá que disponerse de la correspondiente homologación del Ministerio de Educación y Ciencia.

  4. Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas.

  5. No haber sido condenado por ningún delito, o en caso de haberlo sido, tener extinguida la responsabilidad penal y cancelados los antecedentes penales, o haber solicitado, en su caso, la cancelación, y no estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, ni estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública. Será aplicable, igualmente, el beneficio de la rehabilitación, siempre que la persona aspirante lo acredite mediante el correspondiente documento oficial.

  6. Satisfacer la tasa establecida en el apartado 3.3 de esta convocatoria.

    2.2 Los requisitos establecidos anteriormente se tienen que cumplir el último día de presentación de solicitudes y se tienen que continuar cumpliendo hasta la fecha de la toma de posesión como personal facultativo/a biólogo/a-bioquímico/a.

    .3 Presentación de solicitudes

    3.1 Las personas interesadas en participar en esta convocatoria tienen que presentar, dentro del plazo y en la forma establecidos en la base 3.2, la documentación siguiente:

  7. Solicitud de participación dirigida al secretario general del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (DAD 18).

    El modelo de solicitud para participar en esta convocatoria (DAD 18) está a disposición de las personas interesadas en el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, en la Dirección General de la Policía, en las delegaciones territoriales del Gobierno en Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona, Les Terres de l'Ebre, Cataluña Central y Alt Pirineu i Aran, en todas las comisarías del cuerpo de mozos de escuadra, en Internet (www.gencat.net/mossos) y en la intranet corporativa de la DGP-PGME.

  8. Una fotocopia del documento nacional de identidad. Si el DNI se ha extraviado o se está renovando se deberá adjuntar una fotocopia del resguardo y una fotocopia del pasaporte o del permiso de conducción.

  9. A los efectos de la exención de la realización de la prueba de conocimientos de lengua catalana establecida en la base 5.1.b), los aspirantes tendrán que presentar uno de los documentos siguientes:

    1) Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de estar en posesión del nivel de suficiencia de catalán (C) de la Secretaría de Política Lingüística, superior o equivalente, de acuerdo con la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística (DOGC núm. 4168, de 6.7.2004).

    2) Certificación del/de la secretario/a general del departamento correspondiente, o del órgano en el que delegue, donde conste de manera clara y expresa el proceso de selección para acceder a la Administración de la Generalidad de Cataluña en que haya participado la persona aspirante y con indicación del número de registro de la convocatoria, el nivel de conocimientos de la lengua catalana requerido en la convocatoria y la especificación de que ha obtenido plaza. Si se trata de alguno de los procesos selectivos convocados y resueltos por el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, no será necesaria la acreditación documental mencionada.

    3) Con respecto a las personas aspirantes que hayan superado una prueba del mismo nivel o superior en otros procesos de la oferta pública de ocupación del año 2007, certificado del órgano convocante o del órgano en el que delegue, donde conste de manera clara y expresa el proceso de selección para acceder a la Administración de la Generalidad de Cataluña en el que han participado, el año de la oferta pública de ocupación de la convocatoria, el nivel de conocimientos de la lengua catalana requerido en la convocatoria y la especificación de que han superado la prueba. Si se trata de alguno de los procesos selectivos convocados y resueltos por el Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, no será necesaria la acreditación documental mencionada.

    La acreditación documental a los efectos de esta exención también podrá efectuarse hasta antes de la hora señalada para el inicio de la prueba de conocimientos de lengua catalana, aportando ante el tribunal el original y una fotocopia de la documentación mencionada. El tribunal enviará al órgano convocante una fotocopia de esta documentación, a los efectos de que se incorpore al expediente del interesado.

  10. Certificado acreditativo de los méritos emitido por el órgano competente.

  11. Fotocopia compulsada del título de licenciado/a en biología, bioquímica o equivalentes. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, se tendrá que disponer de la correspondiente homologación del Ministerio de Educación y Ciencia.

  12. En el caso de que la persona aspirante se encuentre en situación de paro y no perciba ninguna prestación económica, y a efectos de quedar exenta del pago de la tasa de inscripción que prevé la base 3.3, se deberá presentar un certificado expedido por la correspondiente Oficina de Trabajo del Departamento de Trabajo de la Generalidad de Cataluña y/o, si procede, del INEM (Instituto Nacional de Empleo)...

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