ORDEN IRP/111/2009, de 11 de marzo, por la que se regula la variante de la lotería Binjocs que se comercializa con el nombre de 'Bingo Majestic'.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

IRP/111/2009, de 11 de marzo, por la que se regula la variante de la lotería Binjocs que se comercializa con el nombre de "Bingo Majestic".

El artículo 2 del Decreto 365/2006, de 3 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la lotería denominada Binjocs, prevé que esta lotería pueda desarrollarse a partir de una multiplicidad de variantes de juego, atendiendo a diferentes formas de participación, diferentes probabilidades y diferentes formatos de billete, entre otros.

El apartado 2 del mismo artículo 2 establece que las características de cada variante tienen que ser aprobadas, antes de su comercialización, por orden de la persona titular del Departamento competente en materia de juego y apuestas y publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , previa propuesta del Consejo de Administración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad.

Vista la Orden INT/523/2006, de 10 de noviembre, de regulación de los premios acumulados de la lotería denominada Binjocs;

Vista la propuesta del Consejo de Administración de la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalidad y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 2.2 del Decreto 365/2006, de 3 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la lotería denominada Binjocs,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

El objeto de esta Orden es la regulación de la variante de la lotería Binjocs comercializada con el nombre de "Bingo Majestic".

Artículo 2

Forma de participación

La variante "Bingo Majestic" es de participación individual. Hay una única persona participante por cada sorteo.

Artículo 3

Características del billete

3.1 Cada billete está configurado por veinticinco casillas, dispuestas en forma de matriz de cinco filas por cinco columnas.

3.2 Todas las casillas, menos la casilla central, tienen un número inscrito, comprendido entre el uno y el setenta y cinco.

3.3 Dentro de un mismo billete no puede haber ningún número repetido.

Artículo 4

Precio del billete

4.1 El precio de cada billete a la variante "Bingo Majestic" es de 0,20 euros, 0,40 euros, 0,60 euros, 0,80 euros y de 1 euro, a elección de la persona jugadora.

4.2 El precio del billete escogido por la persona jugadora tiene que ser lo mismo para todos los billetes que participen en un mismo sorteo.

Artículo 5

Características del sorteo

5.1...

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