RESOLUCIÓN INT/885/2002, de 12 de abril, por la que se convoca concurso oposición para la provisión de puestos de trabajo de las unidades de investigación de las áreas básicas policiales de la categoría de mozo del cuerpo de mozos de escuadra.

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

INT/885/2002, de 12 de abril, por la que se convoca concurso oposición para la provisión de puestos de trabajo de las unidades de investigación de las áreas básicas policiales de la categoría de mozo del cuerpo de mozos de escuadra.

Visto que están pendientes de provisión definitiva determinados puestos de trabajo de las unidades de investigación de las áreas básicas policiales de la categoría de mozo del cuerpo de mozos de escuadra, dotados presupuestariamente, cuya provisión se ha de hacer por el sistema de concurso-oposición de acuerdo con lo que se establece en la relación de puestos de trabajo vigente de este cuerpo;

Visto lo que prevén la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra; el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 169/2001, de 26 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo del cuerpo de mozos de escuadra; y el resto de normativa aplicable;

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 5.1 del Decreto 169/2001, de 26 de junio, citado,

Resuelvo:

-1 Convocar concurso-oposición para la provisión de los puestos de trabajo de las unidades de investigación de las áreas básicas policiales de la categoría de mozo del cuerpo de mozos de escuadra que se detallan en el anexo 2, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

-2 Contra esta Resolución y sus bases, que agotan la vía administrativa, se puede interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el consejero de Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; o bien recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona o, potestativamente, el correspondiente al lugar de su domicilio de acuerdo con lo que establecen los artículos 8.2 y 14 de la citada Ley 29/1998, de 13 de julio.

Igualmente, los interesados pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 12 de abril de 2002

Xavier Pomés i Abella

Consejero de Interior

Anexo 1

Bases

-1 Normas generales

1.1 Se convoca concurso-oposición para la provisión de los puestos de trabajo de las unidades de investigación de las áreas básicas policiales de la categoría de mozo del cuerpo de mozos de escuadra, cuyas características son las que constan en el anexo 2 de esta Resolución.

1.2 El concurso-oposición constará de la fase de concurso, de la de oposición y del curso de especialización en la Escuela de Policía de Cataluña.

-2 Participantes

2.1 Pueden tomar parte en esta convocatoria los funcionarios de la categoría de mozo del cuerpo de mozos de escuadra que reúnan los requisitos que se indican en la base 3 en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de participación.

2.2 Los funcionarios de la categoría de mozo del cuerpo de mozos de escuadra en servicio activo que estén adscritos provisionalmente a alguno de los puestos de trabajo a cubrir en esta convocatoria están obligados a participar en el presente concurso-oposición.

-3 Requisitos

3.1 Los funcionarios de la categoría de mozo han de estar respecto de la Administración de la Generalidad en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa y cumplir los requisitos solicitados para tomar parte en esta convocatoria, de acuerdo con el artículo 7.1 del Decreto 169/2001, de 26 de junio.

3.2 Los funcionarios sancionados en firme con suspensión de funciones no pueden participar en el concurso-oposición mientras dure la suspensión, y los funcionarios sancionados con traslado de puesto de trabajo, con cambio de destino o dentro de la misma localidad, sin cambio de residencia, tampoco pueden participar durante el período que se haya determinado en la resolución sancionadora.

3.3 Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular y por agrupación familiar sólo pueden participar si llevan más de dos años en esta situación el día en que finaliza el plazo de presentación de las solicitudes de participación.

3.4 Los funcionarios de la categoría de mozo que en el momento de concursar estén ocupando con carácter definitivo un puesto de trabajo en las unidades de investigación de las áreas básicas policiales, en la unidad de investigación del Área Territorial de Tarragona, en las unidades regionales de investigación, en la División de Investigación Criminal, en las unidades regionales de policía científica o en la División de Policía Científica, provisto en su momento mediante concurso-oposición, quedan exentos de la realización de la fase de oposición establecida en la base 5.2 de esta convocatoria, de acuerdo con el artículo 10 del Decreto 169/2001, de 26 de junio.

3.5 Los funcionarios que ocupen un puesto de trabajo sujeto a un período especial de permanencia mínima no pueden participar en este concurso-oposición durante el plazo de permanencia establecido en cada caso en las relaciones de puestos de trabajo, salvo lo establecido en el artículo 7.3.c) del Decreto 169/2001, de 26 de junio.

-4 Documentación

4.1 Los interesados han de pedir la participación en esta convocatoria mediante la siguiente documentación:

Documento número 1: solicitud de participación en esta convocatoria dirigida al consejero de Interior.

Documento número 2: hoja de alegación de méritos.

Documento número 3: impreso donde consta la totalidad de los puestos objeto de provisión y donde los interesados han de anotar los puestos de trabajo a los que optan, por orden de preferencia.

Esta documentación, junto con la solicitud, que ha de ser debidamente registrada en los lugares indicados en la base 6.3, ha de introducirse en el sobre destinado expresamente a esta finalidad.

En el caso de concursantes que participen alegando como mérito el destino previo del cónyuge o del otro miembro de la unión estable de pareja, deberán adjuntar la documentación acreditativa del matrimonio o de la unión estable de pareja y de la convivencia alegada.

En el caso de miembros de una unión estable de pareja, se acreditará mediante escritura pública otorgada con dos años de antigüedad a la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC, o bien acta de notoriedad de la convivencia y del transcurso de los dos años.

4.2 Los concursantes que ocupen una plaza de forma definitiva han de hacer constar su preferencia respecto a los destinos a los que quieran optar de los ofertados en el anexo 2 de esta Resolución.

4.3 Los concursantes adscritos provisionalmente y los que reingresen en el servicio activo, deben hacer constar su preferencia respecto de la totalidad de los destinos ofertados en el anexo 2 de esta Resolución.

4.4 Todos los aspirantes han de expresar el orden de preferencia personal mediante la anotación, en el recuadro correspondiente a cada puesto, del número ordinal que corresponda.

Como no se puede solicitar más de un puesto de trabajo con el mismo número de preferencia, en los casos en que haya repetición de un número para más de un puesto de trabajo, se entenderá válida la preferencia indicada para el primero de los puestos especificados en la oferta de plazas, siguiendo el mismo orden correlativo que resulte de la lista de destinos que figura impresa en el documento número 3.

Para el resto de puestos afectados por la repetición en el número de preferencia, se les asignará el número ordinal que inmediatamente le siga, siguiendo el mismo orden correlativo que resulte de la lista de destinos que figura impresa en el documento número 3.

A los puestos de trabajo afectados por una omisión de los aspirantes en la anotación del orden de preferencia, se les asignará el número ordinal que inmediatamente siga al último anotado, siguiendo el mismo orden correlativo que resulte de la lista de destinos que figura impresa en el documento número 3.

4.5 Para cubrir las vacantes que se puedan producir como consecuencia del proceso de adjudicación de destinos, la totalidad de los concursantes pueden hacer constar su preferencia en las posibles plazas de resultas, que constan en el documento número 3, que inicialmente no sean objeto de provisión por no estar vacantes.

En el caso que se opte por escoger alguna o todas las plazas de resultas, el orden en el cual se exprese la preferencia ha de estar incluido en la secuencia de destinos solicitados en la convocatoria.

-5 Fases del concurso oposición

5.1 Fase de concurso.

Los méritos se deben hacer constar en el documento número 2, hoja de alegación de méritos, y presentarlo junto con la solicitud para tomar parte en la convocatoria.

Todos los méritos que hagan constar los concursantes se deberán acreditar documentalmente para que se tengan en cuenta mediante la presentación de originales o, en su caso, de copias compulsadas.

Los méritos se valorarán en referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.

En la fase de concurso los méritos se valorarán hasta 30 puntos en total de acuerdo con el baremo siguiente:

5.1.1 Grado personal.

El hecho de tener el grado personal consolidado 14 o dos años de antigüedad mínima en la categoría de mozo del cuerpo de mozos de escuadra se valora en 2 puntos.

5.1.2 Experiencia profesional.

El hecho de haber realizado tareas por adscripción provisional, definitiva o comisión de servicios se valora con un máximo de 4 puntos, de acuerdo con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR