ORDEN EMO/193/2014, de 23 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa piloto de formación profesional Aprendiendo y trabajando del Servicio de Empleo de Cataluña, y se abre la convocatoria para el año 2014.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

El sistema de empleo de Cataluña cuenta con una dilatada experiencia en programas de formación y empleo para jóvenes a través de las conocidas escuelas taller y casas de oficios que en los últimos años han ido transformándose en diferentes programas que, combinando la formación y el trabajo, han procurado una óptica más dirigida al mundo de las empresas en el proceso de aprendizaje en el lugar de trabajo.

El nuevo Programa "aprendiendo y trabajando" se ha fundamentado en el conocimiento adquirido a través de las evaluaciones de implementación e impacto realizadas y con los análisis de comparativas internacionales que evidencian que hay que acercar la formación de los jóvenes a las empresas para alcanzar mejores resultados de calificación e inserción laboral.

Por otro lado, las modificaciones que ha sufrido durante este último año la normativa reguladora de los certificados de profesionalidad, los cambios introducidos al contrato para la formación y el aprendizaje y las ayudas europeas dentro de la nueva noción del Fondo Social Europeo donde se considera como objetivo principal la lucha contra el paro juvenil, posibilitan al Gobierno desarrollar una nueva iniciativa de formación profesional en el marco de la formación profesional para el empleo, que tiene por objetivo la calificación de jóvenes en situación de paro y, al mismo tiempo, dar respuesta a las demandas, de trabajadores/as cualificados/as, de las empresas y de los sectores productivos de Cataluña.

Este Programa piloto "aprendiendo y trabajando" se dirige al colectivo de jóvenes de entre 16 y 30 años, que no han finalizado la ESO y/o la han finalizado y no quieren seguir estudiando, situación formativa y educativa agravada por el paro, y que recibirán una formación certificable y ajustada al puesto de trabajo -mediante los certificados de profesionalidad- que alternarán, al mismo tiempo, con un contrato para la formación y el aprendizaje.

El Servicio de Empleo de Cataluña hace tiempo que recoge la demanda de numerosas organizaciones empresariales y empresas de disponer de un sistema de formación profesional que permita ajustar los contenidos formativos de los aprendizajes a la realidad productiva tanto de los sectores como de puesto de trabajo específicos.

Para dar respuesta a esta demanda, el Departamento de Empresa y Empleo, a través del Servicio de Empleo de Cataluña, propone, fruto de su experiencia en la gestión de la formación para el empleo y de los programas de trabajo y formación, un nuevo Programa, "Aprendiendo y trabajando" ligado a la formación profesional del contrato para la formación y el aprendizaje que, mediante la red de centros acreditados de que dispone el Servicio de Empleo de Cataluña, garantice la homogeneidad y al mismo tiempo la necesaria diversidad de los contenidos formativos de los aprendizajes, asegure la calidad de la impartición y facilite a las empresas el desarrollo de la acción formativa en paralelo al trabajo productivo que comporta el contrato para la formación y el aprendizaje.

Para lo cual, el Programa piloto reúne en un mismo proyecto a las empresas que tienen las necesidades formativas derivadas de los contratos para la formación y el aprendizaje que quieran realizar, al centro de formación acreditado para realizar la formación para la obtención de un certificado de profesionalidad y a una entidad promotora del proyecto, que puede ser la organización empresarial, sectorial o intersectorial o las entidades locales, que es quien detecta las necesidades de las empresas y busca el centro de formación más adecuado para impartir la formación objeto del contrato para la formación y el aprendizaje y, durante la realización de todo el proyecto realiza el apoyo, la coordinación, la tutoría y el seguimiento de su desarrollo. La conjunción de estos tres sujetos, empresa, centro de formación y entidad promotora, todos juntos trabajando para la calificación de un grupo de jóvenes de acuerdo con las necesidades de los puestos de trabajo, crea un proyecto formativo que alterna trabajo y formación, donde las sinergias aportadas por cada uno de los sujetos implicados facilitan y agilizan la relación entre las partes, enriquecen sus aportaciones y centran todos los recursos en la calificación de los jóvenes para sus puestos de trabajo, de manera más eficiente y sostenible.

El Servicio de Empleo de Cataluña autorizará los itinerarios formativos, subvencionará la formación en los centros acreditados y certificará la formación a los/las trabajadores/oras.

Esta primera experiencia piloto complementa las actuaciones de formación que está llevando a cabo el Departamento de Enseñanza y permitirá cualificar a personas desempleadas sin la calificación previa necesaria para ocupar un puesto de trabajo determinado en una formación directamente relacionada con los certificados de profesionalidad y más ocupacional, y ofrecer a las empresas un más amplio abanico de posibles cualificaciones que se ajusten más a sus necesidades y dotarlas de personal cualificado de acuerdo a sus necesidades reales. Asimismo, también quiere contribuir a la mejora de la competitividad de las empresas y del tejido productivo catalán.

Según el artículo 2.2 del Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, la actividad formativa inherente a los contratos para la formación y el aprendizaje tiene la consideración de formación profesional. En este sentido, esta Orden quiere desarrollar una primera experiencia piloto que, sin establecer un modelo determinado, permita aprovechar el marco legislativo actual y avanzar en el desarrollo por parte del Servicio de Empleo de Cataluña en nuevas políticas activas de empleo de formación y trabajo dirigidas a los/las jóvenes.

Vista la Ley 1/2014, del 27 de enero, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2014,

Visto el Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por la cual se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación dual (BOE núm. 270, de 9.11.2012),

Vista la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por la cual se regulan los aspectos formativos del contrato de formación y aprendizaje, en desarrollo del Real decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación dual (BOE núm. 10, de 11.01.2014),

Vistos los informes del Área Jurídica de Empleo y Relaciones Laborales del Departamento de Empresa y Empleo y de la Intervención Delegada, habiendo informado previamente al Consejo de Dirección del Servicio de Empleo de Cataluña, y en uso de las facultades que me son conferidas,

Por todo eso,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Aprobar las bases reguladoras del Programa piloto de formación profesional "Aprendiendo y trabajando" del Servicio de Empleo de Cataluña, contenidas en el Anexo 1 de esta Orden, y abrir la convocatoria para el año 2014.

Artículo 2

Aplicación presupuestaria e importe convocado

2.1 El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones es de 700.000,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias 6204 D/449.0001.02/331F/0000, 6204 D/460.0001.02/331F/0000, 6204 D/461.0001.02/331F/0000, 6204 D/469.0001.02/331F/0000, 6204 D/480.0001.03/331F/0000, 6204 D/484.0001.02/331F/0000, 6204 D/481.0001.02/331F/0000, 6204 D/470.0005.02/331F/0000, 6204 D/482.0017.02/331F/0000, del presupuesto del Servicio de Empleo de Cataluña para el 2014.

2.2 Esta actuación podrá ser cofinanciada en el marco de un programa operativo del objetivo de Inversión en Crecimiento y Empleo del Fondo Social Europeo para el período 2014 -2020, en el porcentaje que se determine.

2.3 El importe inicial se podrá ampliar, en función de la disponibilidad presupuestaria, mediante resolución del/de la directora/ora del Servicio de Empleo de Cataluña.

2.4 El crédito presupuestario no aplicado, por renuncia a la subvención de alguna de las entidades beneficiarias, revocaciones de las subvenciones o obtención de fondos adicionales, y en el supuesto que se haya agotado el importe máximo destinado para este ejercicio en las acciones reguladas en esta Orden, se podrá utilizar para realizar nuevos otorgamientos de acciones formativas y acciones de soporte, coordinación, tutoría y seguimiento del desarrollo de los proyectos que cumplan los requisitos para obtener la subvención que dispone esta convocatoria y que no obtuvieron subvención porque se había agotado el presupuesto disponible.

2.5 El otorgamiento de estas subvenciones resta condicionado a las disponibilidades presupuestarías en el momento de la concesión.

Artículo 3

Entidades que pueden participar en esta convocatoria como entidades promotoras

Pueden participar en esta convocatoria las siguientes entidades:

- Organizaciones empresariales sectoriales o intersectoriales.

- Centros de formación profesional.

- Empresas con proyectos de formación profesional que incluyan un mínimo de 5 personas destinatarias y un máximo de 20.

- Las entidades locales o los organismos dependientes de éstas con competencias en políticas activas de empleo.

Artículo 4

Solicitudes y plazos de presentación

4.1 El plazo de presentación de las solicitudes es desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el DOGC hasta el 15 de octubre de 2014, incluido.

4.2 Las solicitudes se tienen que presentar en los lugares y por los medios a que hace referencia la base 16 del Anexo 1 de esta Orden.

Artículo 5

Plazos de ejecución

El plazo máximo para ejecutar las acciones formativas objetos de esta subvención es el 15 de diciembre de 2015.

Artículo 6

Órgano competente, resolución de las ayudas y recursos

El órgano competente para la tramitación, resolución, plazo para concluir el procedimiento, medio de notificación y régimen de recursos se regulan...

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