ORDEN ECF/314/2003, de 25 de junio, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 620, 627 y 629 del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y se fija la cuota de la tasa que grava el suministro del modelo 620 en soporte papel.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECF/314/2003, de 25 de junio, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 620, 627 y 629 del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y se fija la cuota de la tasa que grava el suministro del modelo 620 en soporte papel.

En el marco del nuevo sistema de financiación, la Generalidad de Cataluña tiene asumidas competencias en el ámbito de la gestión y liquidación de tributos cedidos, entre las que hay que incluir la relativa a la aprobación de los modelos de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Por otro lado, dentro del proceso de modernización y adaptación al entorno de las nuevas tecnologías en que se encuentra inmersa la Administración de la Generalidad de Cataluña, y con el fin de dar un esmerado cumplimiento a los principios de seguridad jurídica y máxima transparencia de las actuaciones que afectan a la esfera de derechos y obligaciones de los ciudadanos, esta Administración ha puesto a disposición de los contribuyentes un programa de ayuda para la confección de las autoliquidaciones del impuesto mencionado derivadas de la transmisión de determinados medios de transporte usados, así como un servicio de atención presencial a los contribuyentes, mediante el cual la propia Administración confecciona la autoliquidación. La presente Orden viene a dar, por tanto, la necesaria cobertura jurídica a los modelos de impresos que se obtienen tanto por medio del programa de ayuda, como por medio del servicio presencial, cuyo uso permite al contribuyente dar una satisfacción total de sus obligaciones tributarias.

Con este propósito de profundizar en la transparencia y máxima información al ciudadano, esta Orden también establece el régimen de presentación e ingreso de las autoliquidaciones realizadas por medio de los modelos de impresos que aprueba, para que el contribuyente conozca en todo momento la actuación que debe llevar a término para dar cumplimiento a sus obligaciones.

Finalmente, hay que tener presente que, de conformidad con el artículo 37 de la Ley 15/1997, de 24 de septiembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, la venta de impresos de suministro oficial constituye el hecho imponible de una tasa. Puesto que dicho hecho imponible sólo se verifica en el caso de suministro del modelo 620 en soporte...

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