ORDEN ECF/65/2003, de 22 de enero, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 610 y 615 del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y se fija la cuota de la tasa que grava su suministro.
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
ECF/65/2003, de 22 de enero, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 610 y 615 del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y se fija la cuota de la tasa que grava su suministro.
En el marco del nuevo sistema de financiación, la Generalidad de Cataluña tiene asumidas competencias en el ámbito de la gestión y liquidación de los tributos cedidos, entre las que se debe incluir la relativa a la aprobación de los modelos de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
Mediante la Orden de 21 de diciembre de 2001, se aprobaron varios modelos de autoliquidación gestionados por el Departamento de Economía y Finanzas. La disposición transitoria de la Orden citada establece que mientras no se aprueben los modelos 610 y 615 en euros del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, los contribuyentes pueden presentar la declaración-liquidación correspondiente en los modelos aprobados mediante la Orden de 12 de noviembre de 2001 del Ministro de Hacienda. Hoy día se aprueban y publican los nuevos modelos 610 y 615 en euros.
Por otro lado, hay que tener presente que de conformidad con el artículo 37 de la Ley 15/1997, de 24 de septiembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, la venta de impresos de suministro oficial constituye el hecho imponible de una tasa. El artículo 40 de esta misma Ley (en la redacción dada por la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas) establece que la cuota de esta tasa debe quedar fijada en el importe de su coste directo redondeado al alza hasta el múltiplo de 10 céntimos de euro más cercano. Este precepto dispone, a su vez, que la aprobación del importe de las tasas por los impresos suministrados por cada departamento se debe efectuar mediante orden de su titular.
Por todo esto, y en uso de esta autorización,
Ordeno:
1.1 Se aprueban los modelos de impresos de autoliquidación números 610 y 615, que figuran en el anexo de esta orden.
1.2 El modelo 610 comprende una hoja de...
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