DECRETO 226/2006, de 23 de mayo, por el que se declaran zonas de protección especial del ambiente atmosférico diversos municipios de las comarcas de El Barcelonès, El Vallès Oriental, El Vallès Occidental y El Baix Llobregat para el contaminante dióxido de nitrógeno y para las partículas.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

226/2006, de 23 de mayo, por el que se declaran zonas de protecciÛn especial del ambiente atmosfÈrico diversos municipios de las comarcas de El BarcelonËs, El VallËs Oriental, El VallËs Occidental y El Baix Llobregat para el contaminante diÛxido de nitrÛgeno y para las partÌculas.

La Ley 22/1983, de 21 de noviembre, de protecciÛn del ambiente atmosfÈrico, establece que el Consejo Ejecutivo tiene que declarar una zona determinada como zona de protecciÛn especial si se constata que este sector del territorio ultrapasa los niveles de situaciÛn admisible en cuanto a la calidad del aire.

Los artÌculos 5 y 6 del Real decreto 1073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluaciÛn y gestiÛn de la calidad del aire ambiente, establecen que en aquellas zonas y aglomeraciones del territorio donde se superen o haya riesgo de superaciÛn de los valores lÌmite de calidad del aire se tendr·n que adoptar planes de actuaciÛn que permitan restablecer los niveles de calidad del aire.

Los niveles de calidad del aire para el diÛxido de nitrÛgeno evaluados en determinados municipios de CataluÒa son superiores a los niveles admisibles que fija la normativa vigente, con un riesgo de afectaciÛn a la salud humana y el medio ambiente.

Por otro lado, los niveles de calidad del aire para las partÌculas en suspensiÛn de di·metro inferior a 10 micras evaluados en otros municipios de CataluÒa son superiores a los niveles admisibles que fija la normativa vigente, con un riesgo de afectaciÛn a la salud humana y el medio ambiente.

La Generalidad de CataluÒa, en ejercicio de las competencias asumidas en materia de protecciÛn del ambiente atmosfÈrico, debe velar por la restauraciÛn de la calidad del aire y hacer uso de los instrumentos y los mecanismos que le otorga la normativa vigente, con la participaciÛn de los entes locales afectados. Es por ello que este Decreto declara, de conformidad con el artÌculo 10.1.a) de la Ley 22/1983, de 21 de noviembre, de protecciÛn del ambiente atmosfÈrico, las zonas de protecciÛn especial y los ·mbitos territoriales afectados, y establece la formulaciÛn del plan de actuaciÛn para mejorar la calidad del aire.

A propuesta del consejero de Medio Ambiente y Vivienda y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

ArtÌculo 1

DeclaraciÛn de zonas de protecciÛn especial del ambiente atmosfÈrico

1.1††Se declara el ·mbito territorial comprendido por los tÈrminos municipales detallados...

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