ORDEN PRE/79/2005, de 23 de febrero, de creación de la Comisión Asesora del Plan director de instalaciones y equipamientos deportivos de Cataluña (PIEC).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/79/2005, de 23 de febrero, de creación de la Comisión Asesora del Plan director de instalaciones y equipamientos deportivos de Cataluña (PIEC).

Los equipamientos deportivos son un pilar fundamental del sistema deportivo, ya que además de posibilitar la práctica de las actividades físico-deportivas, forman parte de las infraestructuras que una sociedad necesita para mejorar su calidad de vida y permiten una utilización adecuada del ocio, del cual la actividad físico-deportiva es uno de los principales componentes.

El Texto único de la Ley del deporte, aprobado por el Decreto legislativo 1/2000, de 31 de julio, reconoce este hecho. Así, en su artículo 51, establece que corresponde al Consejo Catalán del Deporte redactar y tramitar el Plan director de instalaciones y equipamientos deportivos de Cataluña (PIEC), cuya aprobación definitiva corresponde al Gobierno de la Generalidad, según el artículo 55 del mismo Texto refundido.

El PIEC es el instrumento jurídico-técnico por el que el Gobierno de la Generalidad de Cataluña planifica, fomenta y coordina tanto su actuación como la del resto de las instituciones, organismos y entidades, con el objetivo de dotar a Cataluña de los equipamientos deportivos que permitan a toda la ciudadanía la práctica físico-deportiva y contribuyen a fomentar, divulgar e implantar el espíritu que estas prácticas comportan.

El 26 de febrero de 2002, el secretario general del Deporte aprueba provisionalmente el PIEC. Así, se tiene que continuar con la tramitación de este instrumento hasta la aprobación definitiva por el Gobierno. Esta aprobación requiere el consenso de todas las instituciones públicas y privadas que inciden en este ámbito, por la que se cree necesario la constitución de un órgano que aglutine todas las partes interesadas, con la finalidad de que asesore al Consejo Catalán del Deporte durante la tramitación y la vigencia del PIEC.

Por todo esto,

Ordeno:

Artículo 1

Creación

Se crea la Comisión Asesora del PIEC como un órgano asesor y de consulta del Consejo Catalán del Deporte para tramitar la aprobación definitiva del Plan director de instalaciones y equipamientos deportivos de Cataluña y su desarrollo, y para el seguimiento e interpretación de la aplicación del PIEC.

Artículo 2

Funciones de la Comisión Asesora del PIEC

La Comisión Asesora tiene las funciones siguientes:

a) Informar al Consejo Catalán del Deporte de las actualizaciones o revisiones del PIEC, de los estudios de localización, de los planes de la red complementaria y de los programas de actuación del PIEC.

b) Conocer los planes de actuación de las inversiones en equipamientos deportivos de las administraciones públicas que forman parte del Pleno de la Comisión.

c) Manifestarse sobre los recursos interpuestos contra el PIEC o su desarrollo.

d) Arbitrar los conflictos de interpretación del PIEC, cuando las partes interesadas se lo pidan.

e) Informar en general sobre cualquier tema que le pida el Consejo Catalán del Deporte sobre la tramitación, aplicación o desarrollo del PIEC.

Artículo 3

Órganos

Son órganos de la Comisión Asesora del PIEC:

a) La Presidencia.

b) El Pleno.

c) El Grupo Experto.

d) La Secretaría.

Artículo 4

La Presidencia

4.1 La Presidencia de la Comisión Asesora del PIEC corresponde a quien tiene la presidencia...

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