ORDEN PRE/204/2006, de 20 de abril, por la que se modifica el Consejo Asesor de Formación en la Educación en el Tiempo Libre de la Secretaría General de Juventud.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/204/2006, de 20 de abril, por la que se modifica el Consejo Asesor de Formación en la Educación en el Tiempo Libre de la Secretaría General de Juventud.

Por el Decreto 193/2004, de 20 de febrero, de segunda modificación del Decreto 296/2003, de 20 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, se atribuyeron al Departamento de la Presidencia las funciones relacionadas con la juventud. De acuerdo con el Decreto 195/2004, de 24 de febrero, de reestructuración parcial del Departamento de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña, la Secretaría General de Juventud, se adscribe a la Secretaría General del Consejero Primero.

El Decreto 239/2005, de 8 de noviembre, de reestructuración del Departamento de la Presidencia, atribuye a la Secretaría General de Juventud las funciones de dirección, de seguimiento y supervisión de actuaciones en el ámbito juvenil, el diseño, la coordinación, el impulso y el seguimiento del Plan Nacional de Juventud de Cataluña.

El artículo 3.4 del Decreto 239/2005, de 8 de noviembre, dispone que una de las funciones del Servicio de Educación en el Tiempo Libre es el impulso a la formación de monitores y directores de actividades.

Con este motivo, se considera necesaria la modificación del Consejo Asesor de Formación en la Educación en el Tiempo Libre de la Secretaría General de Juventud para adecuarlo a la nueva estructura de la Secretaría General de Juventud.

Por todo esto, de acuerdo con el que disponen los artículos 12 y 22 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Se modifica el artículo 3 de la Orden PRE/367/2003, de 1 de septiembre, por la que se crea el Consejo Asesor de Formación en la Educación en el Tiempo Libre de la Secretaría General de Juventud, que queda redactado de la siguiente forma:

"Artículo 3

"Composición

"3.1 El Consejo Asesor de Formación en la Educación en el Tiempo Libre está formado por 12 personas: ocho procedentes de las escuelas de educadores en el tiempo libre infantil y juvenil, designadas a propuesta de la escuela que representan, y cuatro procedentes de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

"3.2 Son vocales del Consejo Asesor las personas siguientes:

"En representación de las escuelas de...

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