ORDEN EMO/234/2013, de 25 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo, y se abre la convocatoria para el año 2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

La situación del mercado de trabajo actual y su complejidad comporta por una parte dificultades para poder disponer del conocimiento sobre puestos de trabajo vacantes y por otra la existencia de una gran competitividad a la hora de optar a los diversos puestos de trabajo que se ofrecen.

El Departamento de Empresa y Empleo, a través del Servicio de Empleo de Cataluña (SOC), tiene como objetivo gestionar e integrar el conjunto de actuaciones y de servicios ocupacionales para mantener y fomentar el empleo estable y de calidad y el autoempleo; ejercer la intermediación en el mercado de trabajo, y también la orientación profesional y la readaptación profesional permanente para alcanzar la mejora del empleo mediante la gestión, la organización, la planificación, la programación, la ejecución y la evaluación eficientes y eficaces del sistema, con la finalidad de alcanzar la mejora de la empleabilidad de las personas trabajadoras y una competitividad mayor del tejido empresarial.

El Servicio de Empleo de Cataluña ha dispuesto desde el año 2008 de aulas activas en diferentes municipios de Cataluña. Las aulas activas son espacios donde se promueve la búsqueda de trabajo de forma sistemática optimizando el uso de canales, recursos y herramientas, y adaptando las candidaturas de las personas demandantes de empleo a las ofertas del mercado de trabajo adecuadas a su perfil profesional.

Visto el éxito de la experiencia que han supuesto las aulas activas teniendo en cuenta los altos índices de inserción laboral de las personas que han participado, el Departamento de Empresa y Empleo, mediante el Servicio de Empleo de Cataluña, con la finalidad de acelerar la incorporación de las personas demandantes de empleo al mundo laboral y ayudarlas a superar las dificultades anteriormente mencionadas, y con el objetivo de dar cobertura a las comarcas con mayor índice de paro registrado, considera necesario ampliar y extender la red de aulas activas existente, mediante la incorporación de nuevas aulas activas que pasarán a llamarse espacios de búsqueda de empleo.

Visto lo que establecen el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), y el Real decreto 887/206, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento (BOE núm. 176, de 25.7.2006);

Visto el Decreto 170/2012, de 27 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2012 mientras no entren en vigor los del 2013, modificado por el decreto 164/2013, de 14 de mayo.

Visto el Reglamento (CE) núm. 1081/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006 relativo al Fondo Social Europeo (DOUE L210, de 31/07/2006), parcialmente modificado por el Reglamento (CE) núm. 396/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de mayo de 2009.

Visto el Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo del 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, FSE y al Fondo de Cohesión (DOUE L210 de 31/07/2006), modificado por el Reglamento (UE) núm. 539/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio.

Visto el Reglamento (CE) núm. 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el cual se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo (DOUE L 371/1, de 27/12/2006).

Visto el Reglamento (CE) núm. 846/2009 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2009, que modifica el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión. (DOUE L 250/1, de 23/09/2009).

Visto el Reglamento (UE) núm. 1310/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre y el Reglamento (UE) núm. 1311/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre, que modifican el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006.

Visto el Reglamento (CE) núm. 832/2010, de 27 de septiembre y el Reglamento (CE) núm. 1236/2011, de 29 de noviembre de 2011, que modifican el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006.

Vista la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación de 2007-2013, modificada por la Orden TIN/788/2009, de 25 de marzo, y por la Orden ESS/1337/2013, de 3 de julio.

Vistos los informes del Área Jurídica de la Secretaria de Empleo y Relaciones Laborales y de la Intervención Delegada, habiendo informado previamente al Consejo de Dirección del Servicio de Empleo de Cataluña, a propuesta del director del Servicio de Empleo de Cataluña y en uso de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1 Objeto

Abrir la convocatoria para el año 2013 y aprobar las bases reguladoras para el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo.

Artículo 2 Aplicación presupuestaria e importe convocado

2.1 El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones es de 2.108.000 euros, con cargo a la partidas presupuestarias 6204/D/460001405/331D/0000, 6204 D/469000105/331D/0000, 6204 D/470000602/331D/0000, 6204 D/481000102/331D/0000 y 6204 D/482001802/331D/0000, del presupuesto del Servicio de Empleo de Cataluña para el año 2013.

Las actuaciones reguladas en la presente Orden se financian con cargo a los fondos recibidos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y pueden ser objeto de cofinanciación en un 50% por el Fondo Social Europeo con cargo al Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Competitividad Regional y Empleo de Cataluña, para el periodo 2007 -2013, número CCI 2007ES052PO007, en función de lo que prevea la Orden Estatal de distribución territorial para el ejercicio económico de 2013 de subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

2.2 Esta dotación inicial se podrá ampliar en función de la disponibilidad presupuestaria, mediante resolución del director o la directora del Servicio de Empleo de Cataluña.

2.3 La resolución de otorgamiento de estas subvenciones estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria suficiente para esta finalidad dado que corresponde a programas acordados en la reunión de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, celebrada el día 11 de abril de 2013, mediante la cual se distribuyen territorialmente las subvenciones del ámbito laboral financiadas a cargo de los Presupuestos Generales del Estado.

Artículo 3 Solicitudes y plazo de presentación

3.1 El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el DOGC.

3.2 Las solicitudes se tienen que presentar en los sitios y por los medios a los que hace referencia la base 8.

Artículo 4 Órgano competente, resolución de las ayudas y recursos

El órgano competente para dictar la resolución, el plazo para concluir el procedimiento, el medio de notificación y el régimen de recursos se regulan en la base 11.

Disposición adicional primera

Estudios de impacto

El Servicio de Empleo de Cataluña llevará a cabo un estudio de impacto sobre los resultados derivados de las subvenciones a las que sea de aplicación esta Orden y de acuerdo con los objetivos previstos.

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

Barcelona, 25 de septiembre de 2013

Felip Puig i Godes

Consejero de Empresa y Empleo

Anexo 1

Bases reguladoras

Base 1. Objeto

El objeto de estas bases es regular el desarrollo de espacios de búsqueda de empleo en el ámbito de la orientación para el empleo. En los espacios de búsqueda de empleo se pone a disposición de las personas demandantes de empleo asesoramiento, recursos y herramientas que les permita optimizar la búsqueda de empleo y encontrar un puesto de trabajo adecuado a su objetivo profesional.

Base 2. Entidades beneficiarias

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones que prevé esta Orden:

  1. Los ayuntamientos de municipios de más de 10.000 habitantes, o sus entidades dependientes o vinculadas con competencias en materia de empleo, de acuerdo con lo que establece el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.

  2. Las entidades privadas con personalidad jurídica propia con o sin ánimo de lucro que acrediten un mínimo de dos años de experiencia en selección de personal, valoración de puestos de trabajo y/o orientación profesional.

    Quedan excluidas las entidades privadas que estén inscritas en el registro de centros y entidades de formación del Servicio de Empleo de Cataluña excepto las que hayan colaborado en el programa Itinerarios personales de inserción (IPI) 2011 y/o en el programa de orientación y acompañamiento a la inserción 2012.

    Base 3. Ámbito territorial

    Habrá un único espacio de búsqueda de empleo por municipio, excepto en el municipio de Barcelona donde se podrán ubicar hasta cinco espacios, de acuerdo con la distribución comarcal prevista en el anexo 2 de esta Orden.

    Base 4. Requisitos para obtener la condición de beneficiario/aria

    4.1 Las entidades solicitantes tendrán que cumplir los requisitos siguientes:

  3. Dar empleo, al...

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