ORDEN AAR/403/2009, de 16 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas en el sector apícola en concepto de subvención por polinización, y se convocan las correspondientes al año 2009.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyOrden

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AAR/403/2009, de 16 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas en el sector apícola en concepto de subvención por polinización, y se convocan las correspondientes al año 2009.

La apicultura ha sido y es una actividad tradicional, implantada en muchas zonas rurales de Cataluña en las cuales actúa como actividad agraria principal o complementaria de otras actividades agrarias para muchos de sus agricultores.

Así pues, la actividad apícola proporciona una parte importante de los ingresos de los agricultores y contribuye al mantenimiento de la población en zonas de montaña o zonas desfavorecidas y refuerza el tejido económico y social.

La actividad apícola favorece el incremento de la polinización que hacen las abejas y, en consecuencia, ayuda al mantenimiento, la conservación y el equilibrio de los ecosistemas y del entorno natural donde hay los colmenares.

La polinización favorece la conservación de determinadas especies vegetales silvestres y el incremento de rendimientos de otras especies cultivadas, especialmente las frutícolas.

Valorando el beneficio que la apicultura reporta en conjunto a la agricultura y al medio ambiente se considera necesario conservar y fomentar esta actividad.

Las ayudas a la polinización están integradas en el Programa Nacional de Ayuda a la Apicultura 2008-2010, y está regulado actualmente por el artículo 105 del Reglamento CE 1234/2007 del Consejo de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (DOUE de 16 de noviembre de 2007, núm. 299), acogiéndose a la excepción contemplada en el apartado 2.b) del mencionado artículo para no ser ayudas a favor de la producción o del comercio y por lo tanto no resultan aplicables los artículos 87, 88 y 89 del Tratado.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de dar apoyo al sector apícola mediante una ayuda económica, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas al sector apícola para polinización, que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas destinadas al sector apícola para polinización correspondientes al año 2009 de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en el artículo 1 precedente.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que computa desde el día siguiente de la publicación de la Orden en el DOGC .

2.3 Las ayudas de esta Orden irán a cargo de la partida presupuestaria D/782000100/6120 de los presupuestos del DAR para el año 2009, dotada con un importe máximo de 161.903 euros.

2.4 El órgano instructor de los expedientes de ayudas es el Servicio de Producción Ganadera.

2.5 El órgano competente para emitir la resolución sobre las solicitudes es el director o la directora general de Agricultura y Ganadería. A estos efectos se nombra una Comisión de valoración que será el órgano colegiado encargado de valorar las solicitudes de ayudas, formada por el subdirector o la subdirectora general de Ganadería, el/la jefe/a del Servicio de Sanidad Animal y el/la jefe/a del Servicio de Producción Ganadera.

2.6 El plazo...

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