RESOLUCIÓN ENS/2805/2002, de 18 de septiembre, por la que se autoriza la modificación de la autorización de apertura del centro docente privado Empordà-San José, de Roses.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

ENS/2805/2002, de 18 de septiembre, por la que se autoriza la modificación de la autorización de apertura del centro docente privado Empordà-San José, de Roses.

Con el fin de resolver la solicitud presentada en la correspondiente delegación territorial del Departamento de Enseñanza por los titulares del centro docente privado Empordà-San José, de Roses, en petición de modificación de autorización de apertura, por ampliación del nivel de educación infantil y apertura del nivel de educación secundaria obligatoria y de las enseñanzas de bachillerato y ciclos formativos de grado medio, se instruyó el correspondiente expediente.

Dado que se ha comprobado en el citado expediente el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente, en concreto por la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo; el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; el Decreto 55/1994, de 8 de marzo, sobre el régimen de autorización de los centros docentes privados, y el Real decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo,

Resuelvo:

-1 Autorizar la modificación de la autorización de apertura del centro docente privado Empordà-San José, de Roses, por ampliación del nivel de educación infantil, y apertura del nivel de educación secundaria obligatoria, y de las enseñanzas de bachillerato y ciclos formativos de grado medio, en los términos que se especifican en el anexo de esta Resolución.

-2 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de centros docentes.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la consejera de Enseñanza, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Girona, 18 de septiembre de 2002

P. D. (Resolución de 10.5.1999, DOGC de 7.6.1999)

Pilar Sancho Espigulé

Delegada territorial de Girona

Anexo

Comarca de L'Alt Empordà

Delegación territorial: Girona.

Municipio: Roses.

Localidad: Roses.

Núm...

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