ORDEN INT/59/2011, de 15 de abril, de modificación de la Orden IRP/572/2010, de 1 de diciembre, por la que se abre la convocatoria anticipada del concurso de novela negra de intriga y policíaca escrita en lengua catalana denominado Premio Crímenes de Tinta y se aprueban las bases reguladoras correspondientes.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR
Rango de LeyOrden

ORDEN

INT/59/2011, de 15 de abril, de modificación de la Orden IRP/572/2010, de 1 de diciembre, por la que se abre la convocatoria anticipada del concurso de novela negra de intriga y policíaca escrita en lengua catalana denominado Premio Crímenes de Tinta y se aprueban las bases reguladoras correspondientes.

Mediante la Orden IRP/572/2010, de 1 de diciembre, se abrió la convocatoria anticipada del concurso, denominado Premio Crímenes de Tinta, de novela negra de intriga y policíaca escrita en lengua catalana, original e inédita que no tuviera comprometidos sus derechos ni hubiera recibido anteriormente otros premios o ayudas a la creación.

Con la Orden INT/28/2011, de 10 de febrero, se modificaron algunos aspectos de la convocatoria mencionada como la dotación económica del premio que ha sido reducida. Por este motivo, se facilitó que las personas que decidieran retirarse y no participar pudieran hacerlo recogiendo los originales presentados.

Dado que el plazo facilitado para llevar a cabo la posible retirada de originales ha comportado que no se puedan mantener las fechas previstas en la base 8 del anexo de la Orden IRP/572/2010, de 1 de diciembre, en cuanto a la elevación de la propuesta del jurado y la resolución de concesión del premio;

Vista la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

De acuerdo con lo que prevé el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones,

Ordeno:

—1 Modificar la redacción del penúltimo párrafo de la base 8 del anexo de la Orden IRP/572/2010, de 1 de diciembre, que queda redactado de la manera siguiente:

“- 8 Comisión de selección (...)

”El jurado elevará su propuesta al consejero de Interior que formalizará la concesión del premio mediante una resolución. La concesión del premio se puede declarar desierta si la calidad de las obras no alcanza el nivel exigido por el jurado.”

—2 Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

3 Contra esta Orden las personas interesadas pueden interponer, de forma potestativa, recurso de reposición ante el consejero de Interior en...

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