ORDEN TRE/563/2009, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se abre convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones a entidades locales para realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as en situación de desempleo, para el año 2010. (Corrección de errata en el DOGC núm. 5541, pág. 675, de 8.1.2010).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorServicio de Ocupación de Cataluña
Rango de LeyOrden

ORDEN a.link { text-decoration: none; color: #006699; font-size: 11px; font-family: Arial; font:bold}a.link:hover { text-decoration: underline; color: #006699; font-size: 11px;font-family: Arial;}a.document { text-decoration: none; color: #FFFFFF; font-size: 13px; font-family: Arial;}a.document:hover { text-decoration: underline; color: #666666; font-size: 13px; font-family: Arial;}a.text_document { text-decoration: underline; color: #006699; font-size: 12px; font-family: Arial; font:bold}a.text_document:visited {color: purple; text-decoration: underline;font-size:12px;font-family: Arial; font:bold}DIV.cap { text-decoration: none; color: #000000; font-size: 22px; font-family: Arial; font:bold}DIV.titol { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 15px; font-family: Arial; font:bold}DIV.sumari { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 14px; font-family: Arial; font:bold}DIV.departament { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 14px; font-family: Arial; font:bold}DIV.text_document { text-decoration: none; color: #000000; font-size: 12px; font-family: Arial;} Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DOGC núm. 5536 - 30/12/2009 var now = new Date(); var i=0;i = NumDiari.indexOf('5536');if (i>=0) {document.write(" Imagen del documento en formato PDF ");} [ Sumario || Índice del sumario || Diarios Oficiales disponibles || Inicio ] DEPARTAMENTO DE TRABAJO Servicio de Ocupación de Cataluña ORDEN TRE/563/2009, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se abre convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones a entidades locales para realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as en situación de desempleo, para el año 2010. (Corrección de errata en el DOGC núm. 5541, pág. 675, de 8.1.2010).. (Pág. 97301) ORDEN

TRE/563/2009, de 22 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se abre convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones a entidades locales para realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as en situación de desempleo, para el año 2010. (Corrección de errata en el DOGC núm. 5541, pág. 675, de 8.1.2010).

NOTA. En este texto se han introducido las correcciones de errata publicadas en el DOGC.

En la actual coyuntura socioeconómica, la calificación profesional de los trabajadores en las áreas profesionales de los sectores económicos que generan empleo actualmente, es una herramienta estratégica de lucha contra el desempleo, a la vez que favorece la competitividad de las empresas. Con objeto de facilitar la oferta formativa en todo el territorio de Cataluña, se hace patente la necesitar de abrir una línea de subvenciones para las entidades locales, que como administración pública más próxima a los ciudadanos es conocedora de las necesidades de calificación profesional en su territorio de actuación.

Vistos la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE núm. 176, de 25.7.2006), que la desarrolla;

En el ejercicio de las competencias otorgadas por el artículo 170.1.b) de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de autonomía de Cataluña;

Vistos el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el quel se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 12/2004, de medidas financieras (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004), y por la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista (DOGC núm. 5123, de 2.5.2008);

Visto lo que prevén el Reglamento (CE) núm. 1081/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006 (DOUE L210, de 31.7.2006); el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el cual se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión (DOUE L210, de 31.7.2006), y el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de despliegue para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo (DOUE L 371/1, de 27.12.2006);

Vistos los informes de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, con la consulta previa al Consejo de Dirección del Servicio de Ocupación de Cataluña, y en uso de las facultades que me son atribuidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras a fin de que las entidades locales de Cataluña desarrollen acciones de formación en áreas profesionales prioritarias dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/das que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña, y abrir la convocatoria anticipada para la presentación de solicitudes para el año 2010.

Capítulo I Artículos 2 a 15

Bases reguladoras de la subvención a entidades locales para realizar acciones formativas para el empleo.

Artículo 2

Conceptos

A efectos de estas bases reguladoras se entiende por:

Formación profesional para el empleo: conjunto de instrumentos y de acciones que tienen por objetivo impulsar y proporcionar a las empresas y a las personas en situación de desempleo y trabajadoras una formación que responda a sus necesidades y contribuir al desarrollo de una economía basada en el conocimiento.

Competencias: capacidad de llevar a cabo actividades en una profesión o en un puesto de trabajo, según las normas exigidas por el sector.

Calificación profesional: es la especificación oficial de competencia, apropiada para la producción y el empleo, que acredita la competencia a los poseedores.

Itinerario formativo: trayectoria de aprendizaje mediante un proceso formativo ordenado según la progresiva dificultad, necesario para el desarrollo de un empleo.

Especialidad formativa: conjunto de conocimientos y habilidades que conforman un perfil profesional.

Unidades de competencias: agrupación de competencias con valor y significado en el trabajo.

Módulo formativo / Unidad formativa: bloc coherente de formación asociado a cada una de las unidades de competencia que figuran en la calificación y que constituye la unidad mínima de formación profesional acreditable para establecer las enseñanzas que conducen a la obtención de los títulos de formación profesional y a los certificados de profesionalidad.

Acción formativa: acción dirigida a la adquisición y /o mejora de las competencias y calificaciones profesionales, se estructura con objetivos, contenidos y duración determinada.

Plan de formación: conjunto de acciones formativas agrupadas con objetivos formativos determinados en un periodo de tiempo concreto.

Certificado de profesionalidad: documento acreditativo de la competencia adquirida por la vía de la formación profesional, gestionada por la Administración laboral.

Artículo 3

Régimen jurídico

En todo aquello no previsto expresamente en esta Orden, las acciones de formación en áreas profesionales prioritarias se regirán por las bases reguladoras siguientes:

Orden TRE/338/2008, de 4 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones relativas a la formación de oferta para realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/adas que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña (corrección de errores en el DOGC núm. 5386, pág. 54627, de 25.5.2009).

Orden TRE/84/2009, de 5 de marzo, por la que se modifica el artículo 13.1 de la Orden TRE/338/2008, de 4 de julio, y se convocan las subvenciones para la realización de acciones de formación de oferta mediante planes formativos en áreas profesionales prioritarias para el año 2009 (corrección de errores en el DOGC núm. 5346, pág. 25614, de 25.3.2009).

Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto, por la que se establece el régimen de justificación económica de las subvenciones previstas en los programas de políticas activas de empleo que gestiona el Servicio de Ocupación de Cataluña, modificada por la Orden TRE/260/2009, de 15 de mayo.

Orden TRE/349/2008, de 9 de julio, por la que se regula el régimen de ayudas y becas a las personas trabajadoras desempleadas y empresas establecido en materia de formación de oferta, modificada por la Orden TRE/396/2009, de 2 de septiembre.

Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación 2007-2013, modificada por la Orden TIN/788/2009, de 25 de marzo.

Real decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.

Artículo 4

Convocatorias

Periódicamente se publicarán por resolución del director/de la directora del Servicio de Ocupación de Cataluña, las convocatorias de subvenciones previstas en esta Orden, las cuales indicarán la disposición en que se concretan las bases reguladoras, la normativa de aplicación, el plazo de presentación de solicitudes, la aplicación presupuestaria a la cual se tiene que imputar y la cuantía máxima destinada, así como la planificación formativa efectuada por el ejercicio presupuestario.

La planificación de la formación podrá incluir la relación expresa de acciones formativas a desarrollar en el ejercicio, en su ámbito territorial y los sectores productivos a los cuales se dirige.

Artículo 5

Entidades beneficiarias

  1. Podrán acceder a las subvenciones previstas en esta Orden las administraciones públicas de ámbito local y las entidades que estén adscritas o vinculadas con competencia en materia de desarrollo local y de promoción del empleo, de acuerdo con lo que establece el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.

  2. En un mismo ámbito territorial sólo se aceptará...

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