ORDEN JUS/465/2010, de 23 de septiembre, por la que se abre convocatoria para la concesión de becas para la investigación, estudios y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la Administración de justicia y el derecho civil catalán.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

JUS/465/2010, de 23 de septiembre, por la que se abre convocatoria para la concesión de becas para la investigación, estudios y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la Administración de justicia y el derecho civil catalán.

Al Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada le corresponde, de acuerdo con la Ley 18/1990, de 15 de noviembre, de creación del Centro, modificada por la Ley 8/2000, de 19 de junio, la promoción de la investigación y la difusión, mediante ayudas o becas, de los ámbitos relacionados con la justicia y el derecho.

En el año 1986 el Departamento de Justicia inició, mediante la Orden de 30 de abril, la convocatoria pública anual de subvenciones para la realización de estudios y trabajos en los ámbitos de la Administración de justicia y el derecho.

Visto que el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada quiere continuar dando apoyo a las iniciativas de investigación surgidas en los ámbitos universitarios y profesionales;

Dados la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el capítulo 9 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, que regula el régimen jurídico de las subvenciones y las transferencias de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Abrir la convocatoria para la concesión de becas para la investigación, estudios y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la Administración de justicia y el derecho civil catalán.

Esta convocatoria tiene dos modalidades en función del tipo de personal destinatario:

A) Para el personal de las diferentes administraciones públicas de Cataluña, cualquiera que sea su vinculación, a excepción del profesorado universitario y profesionales de entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que colaboren con la Administración.

B) Para el profesorado universitario y estudiantes universitarios de 3 r ciclo y los profesionales liberales vinculados al ámbito de la justicia que vivan, trabajen o estudien en el territorio de Cataluña.

Artículo 2

Otorgar becas por un máximo total de 80.000,00 euros a cargo de la partida D/480000100/2150/0000 del presupuesto del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña para el año 2011.

Se fija un importe de 5.000,00 euros para cada beca. La modalidad A) está dotada con 30.000,00 euros, y se otorgan un máximo de 6 becas; y la modalidad B) está dotada con 50.000,00 euros y se otorgan un máximo de 10 becas.

La concesión de las becas queda condicionada al hecho de que en los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el ejercicio 2011 haya crédito suficiente en la aplicación presupuestaria correspondiente.

Artículo 3

El órgano resolutorio es la directora del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada. De acuerdo con lo que prevé el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, la publicación, en el tablón de anuncios y en la web del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada (http:/www.gencat.cat/justicia/cejfe/index.html) de la resolución que ponga fin al procedimiento sustituye a la notificación y tiene los mismos efectos.

Igualmente, se dará publicidad de las becas concedidas mediante su publicación en el DOGC.

Artículo 4

Aprobar las bases que deben regir la concesión de becas de investigación objeto de esta convocatoria, que se publican en el anexo de esta Orden.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación. Contra el acto de la convocatoria los interesados pueden interponer recurso de reposición ante la consejera de Justicia en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC; o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo de Barcelona que corresponda, en el plazo máximo de dos meses contados a partir de la fecha de publicación en el DOGC.

Barcelona, 23 de septiembre de 2010

Montserrat Tura i Camafreita

Consejera de Justicia

Anexo

Bases

—1  Objeto

El objeto de estas bases es regular la concesión de becas, en régimen de concurrencia competitiva, para estimular los proyectos de investigación, estudios y análisis en los ámbitos de la ejecución penal, la mediación penal, la atención a la víctima, la Administración de justicia y el derecho civil catalán.

Estas becas estarán repartidas en dos modalidades, según los beneficiarios a los que van destinadas.

—2  Periodo

El periodo en el que se deben realizar las investigaciones se circunscribe al año 2011.

—3  Beneficiarios

Puede acceder a este concurso en la modalidad A), individualmente o formando...

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