DECRETO 442/2004, de 30 de noviembre, de adscripción de la Subdirección General de Riesgos y Seguros a la Dirección General del Patrimonio de la Generalidad de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

442/2004, de 30 de noviembre, de adscripción de la Subdirección General de Riesgos y Seguros a la Dirección General del Patrimonio de la Generalidad de Cataluña.

El Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y reestructuración de varios departamentos de la Administración de la Generalidad, creó, adscrita a la Secretaría de Promoción Económica, la Dirección General de Política Financiera y Seguros con las funciones y estructura de las anteriores direcciones generales de Política Financiera y de Seguros las cuales quedaban suprimidas. De esta nueva Dirección General depende, entre otros, la Subdirección General de Riesgos y Seguros.

Por su parte, la Dirección General del Patrimonio de la Generalidad de Cataluña tiene regulada su estructura orgánica mediante el Decreto 363/2002, de 24 de diciembre.

Con el fin de hacer posible la aplicación de una forma más eficaz de las medidas de gestión de los riesgos que afectan al patrimonio y las actividades de la Generalidad, se ha evidenciado la necesidad de adscribir la mencionada Subdirección General de Riesgos y Seguros a la Dirección General del Patrimonio de la Generalidad de Cataluña.

Según establece la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, a propuesta del consejero de Economía y Finanzas y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Adscripción de la Subdirección General de Riesgos y Seguros

La Subdirección General de Riesgos y Seguros de la Dirección General de Política Financiera y Seguros pasa a depender de la Dirección General del Patrimonio de la Generalidad de Cataluña con las funciones atribuidas por el artículo 3 del Decreto 317/2002, de 19 de noviembre, de reestructuración parcial del Departamento de Economía y Finanzas.

Artículo 2

Junta de Prevención y Gestión de Riesgos de la Administración de la Generalidad de Cataluña

2.1 La Junta de Prevención y Gestión de Riesgos de la Administración de la Generalidad de Cataluña a la que se refiere el Decreto 326/1996, de 1 de octubre, sobre el análisis, evaluación, valoración, gestión y prevención de los riesgos que afectan el patrimonio y las actividades de la Administración de la Generalidad de Cataluña, es el órgano consultivo de la Generalidad de Cataluña vigente en todo lo...

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