DECRETO 10/2012, de 31 de enero, de modificación del Decreto 75/2007, de 27 de marzo, por el que se establece el procedimiento de admisión del alumnado en los centros en las enseñanzas sufragadas con fondos públicos.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO
10/2012, de 31 de enero, de modificación del Decreto 75/2007, de 27 de marzo, por el que se establece el procedimiento de admisión del alumnado en los centros en las enseñanzas sufragadas con fondos públicos.
De acuerdo con la competencia compartida que corresponde a la Generalidad en aquello que corresponde al acceso a la educación y el establecimiento y la regulación de los criterios de admisión y escolarización del alumnado en los centros docentes, en los términos del artículo 131.3.e) del Estatuto de autonomía de Cataluña, y en aplicación de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, que regula, con carácter básico, la escolarización en centros públicos y privados concertados, se aprobó el Decreto 75/2007, de 27 de marzo, por el que se establece el procedimiento de admisión del alumnado en los centros en las enseñanzas sufragadas con fondos públicos, actualmente vigente.
La Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación, da una nueva regulación al sistema educativo de Cataluña, y en su artículo 47.4 habilita al Gobierno con el fin de establecer los criterios complementarios para resolver situaciones de empate, que se ha aplicado en los procedimientos de preinscripción y matrícula de los cursos, 2010-2011 y 2011-2012, mediante el Acuerdo GOV/5/2010, de 26 de enero, de aplicación, para el curso 2010-2011, del criterio complementario para resolver situaciones de empate en el proceso de preinscripción y matrícula del alumnado en los centros educativos con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad, y el Acuerdo GOV/9/2011, de 25 de enero, de aplicación de los criterios complementarios para resolver situaciones de empate en el proceso de preinscripción y matrícula del alumnado en los centros educativos para el curso 2011-2012.
Estos criterios complementarios han consistido, de acuerdo con la Ley 18/2003, de 4 de julio, de apoyo a las familias y con el Decreto 151/2009, de 29 de septiembre, de desarrollo parcial de la Ley 18/2003, de 4 de julio, en la consideración de la condición de familia monoparental, en los mismos términos que en la condición de familia numerosa y, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley de educación, a efecto de potenciar y valorar la implicación de las familias con el centro y favorecer su participación en el proceso educativo, en la consideración del hecho que el alumnado haya tenido el padre, la madre, el tutor, la tutora, los hermanos o las hermanas...
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Solicita tu prueba- DECRETO 10/2005, de 25 de enero, de creación de varios colegios de educación infantil y primaria.
- Decreto 121/2010, de 15 de septiembre, por el que se determinan los topónimos oficiales del concejo de Santa Eulalia de Oscos.
- Decreto 122/2010, de 15 de septiembre, por el que se determinan los topónimos oficiales del concejo de Villanueva de Oscos.
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