ACUERDO GOV/156/2014, de 25 de noviembre, de declaración de urgente ocupación por el Ayuntamiento de Lliçà d'Amunt (Vallès Oriental) de los bienes y derechos afectados por el Proyecto de mejora de la red de alcantarillado 2012-2013, tramo 5, calle Estany de Llanós.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyAcuerdo

El Ayuntamiento de Lliçà d'Amunt ha solicitado al Gobierno de la Generalitat que adopte el acuerdo de declarar urgente la ocupación de los bienes afectados por la ejecución del Proyecto de mejora de la red de alcantarillado 2012-2013, tramo 5, cale Estany de Llanós, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, en sesión de 17 de septiembre de 2012, aprobó inicialmente el Proyecto de mejora de la red de alcantarillado 2012-2013, tramo 5, calle Estany de Llanós. El 8 de enero de 2013 se publicó el anuncio de aprobación inicial en el DOGC (número 6288) y el 10 del mismo mes en el BOPB. Asimismo, se acordó su exposición al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y la notificación personal a las personas afectadas por el Proyecto.

En el trámite de exposición pública, se presentaron dos alegaciones que fueron desestimadas por la Junta de Gobierno Local en la sesión del día 23 de septiembre de 2013, la cual también aprobó definitivamente el Proyecto y ordenó publicar los correspondientes anuncios oficiales, notificar el acuerdo a las personas que formularon alegaciones, con el contenido de los informes técnicos, y al resto de propietarios afectados, e iniciar el procedimiento de expropiación forzosa de los terrenos afectados por la ejecución de las obras del Proyecto mencionado.

En el expediente también consta que hay consignación suficiente para hacer frente a las indemnizaciones correspondientes, y que se ha cumplido con los requisitos de tramitación y publicidad que exigen la Ley y Reglamento de expropiación forzosa.

Conviene subrayar que el procedimiento expropiatorio de urgencia es un procedimiento excepcional que, tal y como dispone el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa y el artículo 56 de su Reglamento, requiere, para su aprobación, la existencia de circunstancias que justifiquen esta excepcionalidad.

En particular, el Ayuntamiento de Lliçà d'Amunt ha acreditado la existencia de circunstancias urgentes y excepcionales que justifican la declaración de ocupación urgente.

En este sentido, en la Memoria sobre las circunstancias que justifican la urgente ocupación, el Ayuntamiento especifica la excepcionalidad que motiva la solicitud de declaración de urgencia de la ocupación, que se concreta en el hecho de que es necesario eliminar un vertido de aguas residuales que cae al cauce de un torrente situado al norte de Can Rovira mediante la...

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