ORDEN TRI/88/2005, de 16 de febrero, por la que se actualizan los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre del Departamento de Trabajo e Industria.
Sección | Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
TRI/88/2005, de 16 de febrero, por la que se actualizan los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre del Departamento de Trabajo e Industria.
Visto lo que dispone el apartado segundo del artículo 3 de la Orden TIC/247/2003, de 2 de mayo, por la que se regula la adjudicación de las plazas y el funcionamiento de los servicios de las residencias de tiempo libre en Cataluña (DOGC núm. 3896, de 2.6.2003);
Considerando la necesidad de actualizar los precios de los servicios que se prestan en las residencias de tiempo libre de Les y de Llançà, y en la Ciudad de Reposo y de Vacaciones de Tarragona, establecidos por la Orden TRI/170/2004, de 11 de mayo, por la que se fijan los precios públicos de las residencias de tiempo libre del Departamento de Trabajo e Industria (DOGC núm. 4145, de 2.6.2004);
Considerando el procedimiento para la creación, la modificación y la derogación de los precios públicos previstos en el artículo 23 de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2548, de 31.12.1997);
De acuerdo con el establecido en la disposición final primera de la Orden TRE/162/2002, de 17 de abril, por la que se fijan los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre;
A propuesta de la directora de Servicios de la Secretaría General; vistos los informes favorables de la Intervención Delegada y de la Asesoría Jurídica del Departamento de Trabajo e Industria, y en virtud de mis atribuciones,
Ordeno:
Aprobar los precios públicos, con IVA incluido, de los diferentes servicios que se prestan en las residencias de tiempo libre del Departamento de Trabajo e Industria de acuerdo con los conceptos y los importes que se establecen en los anexos 1, 2 y 3 de la presente Orden.
La aprobación de los precios públicos de los servicios de las residencias de tiempo libre producirá efectos a partir del día 3 de enero de 2005.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.
Barcelona, 16 de febrero de 2005
Josep Maria Rañé i Blasco
Consejero de Trabajo e Industria
Precios de las estancias por día
Temporada baja
Ciudad de Reposo y de Vacaciones de Tarragona. Estancias
Euros
de 2 a 12 años (habitación con salita) (1)
15,00
de 13 o más años (habitación con salita)
25,00
de 13 o más años (habitación)
22,00
grupo de más de 25 personas
de 60 años o más
18,00
grupo de más de 25 personas
de 15 a 59 años
22,00
grupo de más de 25 personas
de 4 a 14 años
11,00
Residencia de Llançà
Euros
de 2 a 12 años (1)
14,00
de 13 o más años
24,00
grupo de más de 25 personas
19,00
Residencia de Les
Euros
de 2 a 12 años (1)
15,00
de 13 o más años
25,00
grupo de más de 25 personas
22,00
Temporada media
Ciudad de Reposo y de Vacaciones de Tarragona
Euros
de 2 a 12 años (habitación con salita) (1)
18,00
de 13 o más años (habitación con salita)
29,00
de 13 o más años (habitación)
26,00
grupo de más de 25 personas. 60 años
o más
23,00
grupo de más de 25 personas
de 15 a 59 años
26,00
grupo de más de 25 personas
de 4 a 14 años
11,00
Residencia de Llançà
Euros
de 2 a 12 años (1)
17,00
de 13 o más años
28,00
grupo de más de 25 personas
26,00
Residencia de Les
Euros
de 2 a 12 años (1)
17,00
de 13 o más años
29,00
grupo de más de 25 personas
27,00
Temporada alta
Ciudad de Reposo y de Vacaciones de Tarragona
Euros
de 2 a 12 años (habitación con salita) (1)
22,00
de 13 o más años (habitación con salita)
37,00
de 13 o más años (habitación)
34,00
Residencia de Llançà
Euros
de 2 a 12 años (1)
22,00
de 13 o más años
36,00
Residencia de Les
Euros
de 2 a 12 años (1)
22,00
de...
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