ORDEN SLT/25/2014, de 3 de febrero, por la que se actualiza la regulación de los ficheros que contienen datos de carácter personal del Departamento de Salud y de sus entidades vinculadas o dependientes.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyOrden

El artículo 20.1 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece que la creación, la modificación o la supresión de ficheros de las administraciones públicas solo podrán hacerse por medio de una disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o en el diario oficial correspondiente.

Mediante la Orden SLT/519/2006, de 3 de noviembre, por la que se regulan ficheros que contienen datos de carácter personal en el ámbito del Departamento de Salud, modificada por el Decreto 159/2007, de 24 de julio, por el que se regula la receta electrónica y la tramitación telemática de la prestación farmacéutica a cargo del Servicio Catalán de la Salud, se actualizó la relación de los ficheros en el ámbito de la Administración sanitaria, teniendo en cuenta las necesidades surgidas por el tiempo transcurrido desde la publicación de las disposiciones reglamentarias que antecedían esta disposición y por los cambios organizativos que se habían producido, y con la finalidad de unificar en una sola norma la regulación de los ficheros que contenían datos de carácter personal y garantizar de esta manera la máxima transparencia en el tratamiento de datos de carácter personal.

Desde la publicación de aquella Orden, han surgido nuevas necesidades que han hecho que sea procedente crear nuevos ficheros en el ámbito del Departamento de Salud e incluir, aparte de los del propio Departamento, los del Servicio Catalán de la Salud, los del Instituto Catalán de la Salud, los de las entidades del sector público adscritas al Departamento de Salud o al Servicio Catalán de la Salud y los de los consorcios en que participan, incluidos los entes vinculados a estos consorcios. En este sentido, se aprovecha la ocasión para adecuar el contenido de los ficheros existentes a los aspectos mínimos que preceptúa el Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, para mejorar el lenguaje utilizado, especialmente con respecto al uso no sexista o androcéntrico, y para modificar otros aspectos, entre los que hay que destacar la modificación de los ficheros en relación con el órgano responsable y el órgano ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Asimismo, se recogen los diferentes cambios organizativos que se han producido en el seno del Departamento de Salud y de su sector público, como consecuencia del Decreto 56/2013, de 22 de enero, de reestructuración del Departamento de Salud, y del Decreto 9/2013, de 3 de enero, de reestructuración de los órganos centrales y de los órganos territoriales del Servicio Catalán de la Salud, fundamentalmente. La Orden también se adapta a la extinción del Instituto de Estudios de la Salud y de la Agencia de Información, Evaluación y Calidad en Salud y a la subrogación de las dos entidades en la Agencia de Calidad y Evaluación Sanitarias de Cataluña, llevada a cabo por el Decreto ley 4/2010, de 3 de agosto, de medidas de racionalización y simplificación de la estructura del sector público de la Generalidad de Cataluña, y por el Decreto 97/2013, de 5 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Calidad y Evaluación Sanitarias de Cataluña, y a la extinción de la personalidad jurídica del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas y Sanitarias, dispuesta por la Ley 2/2014, del 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, cuyas funciones pasan a ser desempeñadas por el Departamento de Salud. Asimismo, esta Orden se adecua a la disolución del Instituto Municipal de Asistencia Sanitaria y la subrogación universal del Consorcio Mar Parc de Salut de Barcelona en la posición jurídica de aquél y a la nueva regulación producida por el Decreto 151/2012, de 20 de noviembre, por el que se establecen los requisitos para la instalación y uso de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario, y para la autorización de entidades formadoras en este uso, los ficheros que recogen datos relacionados con la instalación y el uso de aparatos desfibriladores fuera del ámbito sanitario.

Con el fin de continuar manteniendo el principio de máxima transparencia en el tratamiento de datos de carácter personal, y a efectos de seguridad jurídica, subsiste la voluntad de regular en un único texto los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Salud y por sus entidades dependientes o vinculadas, a la vez que se realizan las incorporaciones y supresiones de los ficheros que sean procedentes.

La disposición final tercera de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, habilita a los consejeros de la Generalidad, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, para la creación, modificación y supresión, mediante una orden, de los ficheros que sean pertinentes.

De acuerdo con el informe emitido por la Autoridad Catalana de Protección de Datos;

De conformidad con lo establecido en la disposición final tercera de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, y de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

La presente Orden tiene por objeto actualizar la regulación de los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Salud y por sus entidades vinculadas o dependientes, las cuales se detallan en el anexo.

Artículo 2

Creación de ficheros

Se crean los ficheros de datos de carácter personal que recoge el anexo de esta Orden con la numeración y denominación siguientes:

En el apartado 1 del anexo, referido al Departamento de Salud:

1.17. Fichero de licitaciones y convenios del Departamento de Salud.

1.18. Fichero de ayudas, subvenciones y transferencias del Departamento de Salud.

1.19. Registro de programas de detección precoz de cáncer.

1.20. Fichero de autorizaciones en el marco de la investigación biomédica.

1.21. Registro de personal docente, evaluadores, asesores, colaboradores y alumnado.

1.22. Registro de formación para el uso de desfibriladores por el personal no sanitario.

1.23. Registro de acreditación, habilitación, certificación y reconocimiento de los profesionales del ámbito sanitario.

1.24. Registro de las personas formadas preceptivamente para trabajar como profesionales aplicadores de tatuaje, micropigmentación y piercing , para hacer mantenimiento de instalaciones susceptibles de contaminar por legionela o para trabajar con aparatos de bronceado.

1.25. Registro de gestión de la incapacidad y evaluaciones médicas.

En el apartado 2 del anexo, referido al ámbito del Servicio Catalán de la Salud:

2.13. Registro de estudios de calidad.

2.14. Sistema integrado de información de salud de Cataluña.

2.15. Registro de enfermedades minoritarias.

En el apartado 3 del anexo, referido al ámbito del Instituto Catalán de la Salud:

3.6. Fichero de trabajo temporal del Instituto Catalán de la Salud.

3.7. Fichero de pacientes de los hospitales adscritos al Instituto Catalán de la Salud.

3.8. Fichero del biobanco del Hospital Universitario Vall d'Hebron.

En el apartado 4 del anexo, referido al ámbito de las entidades del sector público y consorcios:

4.7.4. Registro de estudios e investigación de la Agencia de Calidad y Evaluación Sanitarias de Cataluña.

4.7.5. Fichero de licitaciones y convenios de la Agencia de Calidad y Evaluación Sanitarias de Cataluña.

4.8.4. Fichero de alumnado y personal docente del Instituto Catalán de Oncología.

4.8.5. Fichero de estudios e investigación del Instituto Catalán de Oncología.

4.9.4. Fichero del biobanco del Banco de Sangre y Tejidos.

4.10.4. Fichero de la bolsa de trabajo del Parque Sanitario Pere Virgili.

4.10.5. Fichero de participantes en proyectos divulgativos del Parque Sanitario Pere Virgili.

4.10.6. Fichero de licitaciones del Parque Sanitario Pere Virgili.

4.12.4. Fichero del biobanco de la Corporación Sanitaria Parc Taulí de Sabadell.

4.12.5. Fichero de investigación clínica de la Corporación Sanitaria Parc Taulí de Sabadell.

4.15.6. Fichero del biobanco del Consorcio Mar Parc de Salut de Barcelona.

4.19.4. Fichero de pacientes capitativo Maresme Central.

4.19.5. Fichero de investigación clínica del Consorcio Sanitario de El Maresme.

4.20.4. Fichero de participantes en cursos y jornadas del Consorcio Sanitario de La Anoia.

4.20.5. Fichero del boletín del Consorcio Sanitario de La Anoia.

4.20.6. Fichero de docencia del Consorcio Sanitario de La Anoia.

Artículo 3

Modificación de ficheros

  1. Modificación general: se modifican todos los ficheros de datos de carácter personal del anexo de la presente Orden, con la excepción de los de nueva creación detallados en el artículo 2, a fin de incorporar los apartados “Procedencia de los datos” y “Sistema de tratamiento”, con la finalidad de adaptarlos a los requerimientos del Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

  2. Modificaciones específicas: sin perjuicio de lo establecido en el apartado a) de este artículo, también se modifican los ficheros de datos de carácter personal recogidos en el anexo de la presente Orden de acuerdo con la numeración y denominación especificadas a continuación.

En el apartado 1 del anexo, referido al ámbito del Departamento de Salud:

1.1. Registro de autorizaciones y acreditaciones.

Se modifican los apartados siguientes: las personas y colectivos afectados y la estructura básica y tipo de datos de carácter personal. También se modifica el apartado relativo al órgano administrativo responsable y el relativo al órgano ante el que se pueden...

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