ORDEN MAB/7/2003, de 10 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus asociaciones, y se hace pública la convocatoria para el año 2003 (código de la convocatoria núm. 06.09.03).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

MAB/7/2003, de 10 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus asociaciones, y se hace pública la convocatoria para el año 2003 (código de la convocatoria núm. 06.09.03).

Considerando el Reglamento CE núm. 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados reglamentos;

Vista la Decisión de la Comisión de las Comunidades Europeas de 14 de septiembre de 2000, por la que se aprueba el Programa de desarrollo rural de Cataluña para el periodo 2000-2006;

Visto el informe de 30 de septiembre de 2001 de reprogramación financiera del Plan de desarrollo rural (PDR);

Considerando que la Ley 6/1988, forestal de Cataluña, reglamenta en el capítulo 2 las agrupaciones de defensa forestal (ADF), y les otorga personalidad jurídica plena para facilitar la importante tarea que tienen que llevar a cabo estas agrupaciones en materia de prevención, actuación inmediata y apoyo a la extinción de los incendios forestales, en colaboración con la Administración de la Generalidad, la Administración local y particulares;

De acuerdo con la normativa mencionada y en el marco de la cooperación y colaboración económica de la Administración de la Generalidad con las ADF de Cataluña, es de interés establecer y conceder una línea de ayudas económicas con la finalidad de contribuir al mantenimiento del dispositivo operativo de las ADF y potenciar las actuaciones de prevención, actuación inmediata y apoyo a la extinción de los incendios forestales.

Considerando lo que dispone el capítulo 9 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y haciendo uso de las facultades que me confiere la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus asociaciones, que se publican en esta Orden y sus anexos.

Artículo 2

Abrir la convocatoria para el año 2003, que se regirán por esta Orden y sus anexos.

Artículo 3

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 7 de marzo de 2003, incluido.

Artículo 4

Las solicitudes se tramitarán, resolverán y notificarán, de acuerdo con lo que prevé la base número 6.

Artículo 5

5.1 Las ayudas establecidas en esta Orden se financiarán de acuerdo con el Plan de desarrollo rural específico de Cataluña, aprobado por la Comisión Europea en fecha 14 de septiembre de 2000, para el periodo 2000-2006, y la Generalidad de Cataluña.

5.2.a) El importe máximo de gasto público elegible para la anualidad 2003, cofinanciado por la Generalidad de Cataluña, Ministerio de Medio Ambiente y la Unión Europea es de 2.116.000,00 euros.

5.2.b) Las ayudas previstas en las bases 1.1 y 1.2 (medida i 4 del PDR) de esta convocatoria serán cofinanciadas por la Generalidad de Cataluña, el Ministerio de Medio Ambiente y la Unión Europea, por un importe máximo de 1.516.000,00 euros, del cual 910.000 euros son a cargo del concepto presupuestario 2206 D/786220100/4422, y 606.000 euros son a cargo del PDR (medida i4).

5.2.c) Las ayudas previstas en las bases 1.3, 1.4, 1.5 y 1.6 de esta convocatoria serán financiadas íntegramente por la Generalidad de Cataluña, por un importe máximo de 600.000,00 euros, con cargo al concepto presupuestario 2206 D/480220800/4422.

5.3 El crédito inicial indicado en el punto 5.2.a) puede ser modificado con sujeción a la normativa vigente.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden de 27 de diciembre de 2001, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal y se hace pública la convocatoria para el año 2002 (DOGC núm. 3554, de 27.12.2001).

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente del día que se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 10 de enero de 2003

Ramon Espadaler i Parcerisas

Consejero de Medio Ambiente

Anexo 1

Bases reguladoras de las ayudas para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus asociaciones.

-1 Tipo de ayuda

Se establecen seis tipos de ayuda:

1.1 Ayuda para la constitución o ampliación de las ADF.

1.2 Ayuda para la adquisición de material y medios de comunicación.

1.3 Ayuda para el mantenimiento y gastos de funcionamiento de las ADF.

1.4 Ayudas para el mantenimiento de la red básica de caminos y pistas forestales para municipios integrantes de ADF no declarados de alto riesgo de incendio y no incluidos en Perímetros de Protección Prioritaria (PPP).

1.5 Ayuda para la redacción o actualización de planes de prevención de incendios forestales.

1.6 Ayudas para proyectos de coordinación y apoyo de las asociaciones de ADF.

1.1 Ayuda para la constitución o ampliación de las ADF.

La ayuda para la constitución o ampliación de las ADF es de un importe máximo de 15.100 euros por municipio integrante de una ADF de nueva constitución o por municipio incorporado a una ADF preexistente. La ayuda consiste en la financiación de la adquisición de material incluido en los apartados A, B, C, D del anexo 2 de esta Orden. El importe de la ayuda de constitución o ampliación se calcula según lo que dispone el anexo 3 de esta Orden.

La ayuda para la constitución es incompatible con las ayudas de adquisición de material, mantenimiento y gastos de funcionamiento, y mantenimiento de caminos.

La ayuda para la ampliación es incompatible con las ayudas de adquisición de material, mantenimiento y gastos de funcionamiento, y mantenimiento de caminos en el caso de los municipios que se incorporan a la ADF.

1.2 Ayuda para la adquisición de material y medios de comunicación.

La ayuda para la adquisición de material y medios de comunicación consiste en la financiación de la adquisición de material incluido en los apartados A, B, C, D, E1, E2 y E4 del anexo 2 de esta Orden.

1.2.a) En municipios declarados de alto riesgo de incendio forestal, de acuerdo con lo que establece el anexo del Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales, la ayuda para la adquisición de material y medios de comunicación es de un importe máximo de 2.400 euros por municipio integrante de la ADF.

En el supuesto de que el importe de la ayuda solicitada en el apartado 1.3 para el mantenimiento y gastos de funcionamiento sea inferior a los 1.500 euros por municipio integrante de la ADF declarado de alto riesgo, la diferencia hasta el total de los 1.500 euros podrá sumarse al importe de la ayuda por municipio de este punto 1.2.a). En ningún caso la suma de los importes de la ayuda para el concepto 1.2.a) para la adquisición de material y medios de comunicación y 1.3 para el mantenimiento y gastos de funcionamiento, podrá superar los 3.900 euros por municipio integrante de la ADF declarado de alto riesgo de incendio.

1.2.b) En municipios no declarados de alto riesgo de incendio forestal, de acuerdo con lo que dispone el anexo del Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales, la ayuda para adquisición de material y medios de comunicación es de un importe máximo de 1.800 euros por municipio integrante de la ADF.

En el supuesto de que el importe de la ayuda solicitada en el apartado 1.3 para mantenimiento y gastos de funcionamiento sea inferior a los 1.200 euros por municipio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR