RESOLUCIÓN IUE/155/2009, de 2 de enero, por la que se abren las convocatorias para la concesión de becas y ayudas en materia de investigación para el año 2009. (Corrección de erratas en el DOGC núm. 5328, pág. 16073, de 27.2.2009 y en el DOGC núm. 5435, pág. 61838, de 4.8.2009).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorAgencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN a.link { text-decoration: none; color: #006699; font-size: 11px; font-family: Arial; font:bold}a.link:hover { text-decoration: underline; color: #006699; font-size: 11px;font-family: Arial;}a.document { text-decoration: none; color: #FFFFFF; font-size: 13px; font-family: Arial;}a.document:hover { text-decoration: underline; color: #666666; font-size: 13px; font-family: Arial;}a.text_document { text-decoration: underline; color: #006699; font-size: 12px; font-family: Arial; font:bold}a.text_document:visited {color: purple; text-decoration: underline;font-size:12px;font-family: Arial; font:bold}DIV.cap { text-decoration: none; color: #000000; font-size: 22px; font-family: Arial; font:bold}DIV.titol { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 15px; font-family: Arial; font:bold}DIV.sumari { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 14px; font-family: Arial; font:bold}DIV.departament { text-decoration: none; color: #990000; font-size: 14px; font-family: Arial; font:bold}DIV.text_document { text-decoration: none; color: #000000; font-size: 12px; font-family: Arial;} Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya DOGC núm. 5313 - 06/02/2009 var now = new Date(); var i=0;i = NumDiari.indexOf('5313');if (i>=0) {document.write(" Imagen del documento en formato PDF ");} [ Sumario || Índice del sumario || Diarios Oficiales disponibles || Inicio ] DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación RESOLUCIÓN IUE/155/2009, de 2 de enero, por la que se abren las convocatorias para la concesión de becas y ayudas en materia de investigación para el año 2009. (Corrección de erratas en el DOGC núm. 5328, pág. 16073, de 27.2.2009 y en el DOGC núm. 5435, pág. 61838, de 4.8.2009).. (Pág. 9427) RESOLUCIÓN

IUE/155/2009, de 2 de enero, por la que se abren las convocatorias para la concesión de becas y ayudas en materia de investigación para el año 2009. (Corrección de erratas en el DOGC núm. 5328, pág. 16073, de 27.2.2009 y en el DOGC núm. 5435, pág. 61838, de 4.8.2009).

NOTA. En este texto se han introducido las correcciones de errata publicadas en el DOGC.

De conformidad con lo dispuesto en el capítulo 9 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalidad de Cataluña, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre;

Considerando la Resolución UNI/962/2005, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases generales que han de regir la concesión de becas y ayudas convocadas por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR);

De acuerdo con la UNI/32/2004, de 2 de febrero (DOGC núm. 4082, de 2.3.2004), por la que se aprueba la tramitación telemática de varios procedimientos de concesión de becas y ayudas de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación;

Considerando el artículo 11 de los Estatutos de la AGAUR, aprobados por el Decreto 168/2002, de 11 de junio, del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en el que se dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como su resolución, y que estas facultades han sido delegadas al presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación (CEAR), con fecha 5 de diciembre de 2002,

Resuelvo:

Convocar las becas y las ayudas en materia de investigación de la AGAUR que constan en los anexos de esta Resolución y que se relacionan a continuación:

Convocatoria de becas para estancias para la investigación fuera de Cataluña (BE-DGR) (anexo 1).

Convocatoria de becas para jóvenes miembros de comunidades catalanas en el exterior (BCC) (anexo 2).

Convocatoria de ayudas para tesis doctorales en catalán (TDCAT-DGR) (anexo 3).

Cálculo y tabla de equivalencias que hay que utilizar para la equiparación de los expedientes de notas de estudiantes que han cursado una licenciatura en centros de fuera del sistema universitario del Estado español (anexo 4).

Disposición final

Esta Resolución agota la vía administrativa y a continuación se indican los recursos que se pueden interponer: recurso potestativo de reposición ante el/la presidente/a de la CEAR por delegación del Consejo de Dirección de la AGAUR en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo interpuesto directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Barcelona, 2 de enero de 2009

Ramon Moreno Amich

Presidente de la Comisión Ejecutiva

de Ayudas de Recerca

Anexo 1

Convocatoria de becas para estancias de investigación fuera de Cataluña (BE‑DGR)

.1 Objeto

Otorgar becas de investigación predoctorales y posdoctorales con el fin de llevar a cabo estancias de corta duración en universidades, empresas o centros de investigación fuera de Cataluña.

Quedan excluidas de esta convocatoria las solicitudes dirigidas a la asistencia a reuniones, seminarios, cursos o congresos.

Las actividades que constituyen el objeto de la convocatoria son las siguientes:

  1. Modalidad A: becas para estancias de investigación relacionadas con estudios de doctorado. Las estancias de investigación deberán realizarse antes de depositar la tesis doctoral.

  2. Modalidad B: becas para estancias de investigación para personal con grado de doctor/a con dedicación a tiempo completo.

    .2 Personas beneficiarias

    Pueden beneficiarse de estas becas las personas solicitantes que en la fecha de presentación de solicitudes y durante la realización de la estancia cumplan los requisitos siguientes:

    2.1 Solicitantes de la modalidad A:

  3. Estar matriculado/a en un programa de doctorado y realizar la tesis doctoral en un centro de investigación o en una universidad del sistema de ciencia y tecnología catalán.

  4. No se podrán acoger a esta convocatoria los becarios o becarias que pertenecen a programas de formación de personal investigador que incluyan ayudas para viaje.

  5. No está permitido realizar la estancia en la misma universidad o centro en el que se ha obtenido el título de licenciatura.

    2.2 Solicitantes de la modalidad B:

  6. Estar en posesión del título de doctor/a.

  7. Formar parte del profesorado o del personal investigador, de acuerdo con los términos establecidos en la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña (LUC), de una universidad catalana o personal investigador de una institución no universitaria sin ánimo de lucro situada en Cataluña y que tenga la investigación como una de sus actividades principales, o de la Institución Catalana de Investigación y Estudios Avanzados (ICREA).

  8. Tener una vinculación contractual a tiempo completo con su institución que garantice una duración igual o superior a los 3 años.

    .3 Período

    Las estancias deberán iniciarse entre el 1 de julio de 2009 y el 31 de diciembre de 2010, y tendrán la duración siguiente:

  9. Modalidad A: estancias de 1 a 6 meses.

  10. Modalidad B: estancias de 1 a 4 meses.

    .4 C uantía

    4.1 El importe mensual de la beca y la ayuda en concepto de gastos de desplazamiento se determinará de acuerdo con la Resolución IUE/3637/2007, de 27 de noviembre (DOGC núm. 5024, de 7.12.2007), por la que se publican y se actualizan los importes de la tabla de ayudas para viaje y para la estancia. En caso de que deban añadirse nuevos países a la lista de esta tabla, se seguirán los mismos criterios que se han seguido para elaborar la lista actual.

    4.2 En el caso de solicitantes de la modalidad A que perciban otras becas y ayudas, sólo se otorgarán ayudas complementarias a las becas recibidas.

    4.3 Para todas las personas beneficiarias de una beca de investigación que viajen fuera de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) y Suiza, la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR) velará para que tengan acceso a una póliza de seguro de asistencia en viaje, si así lo solicitan y no disponen de una cobertura propia.

    .5 Solicitudes y documentación

    5.1 La solicitud, de acuerdo con el modelo normalizado, debe formalizarla el investigador o la investigadora responsable, y no podrá superar el número de hojas establecidas.

    5.2 Las solicitudes se tienen que presentar a través del registro electrónico de la AGAUR y la tramitación se hará a través de su página web http://www.gencat.cat/agaur. Se tendrán que seguir las instrucciones especificadas en la citada página web para hacer la solicitud electrónica de la ayuda.

    También se podrá presentar la solicitud de acuerdo con lo que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

    El impreso normalizado de la solicitud y las bases se pueden obtener en las dependencias de la AGAUR: Via Laietana, 28 2ª planta, 08003 Barcelona y también en su página web http://www.gencat.cat/agaur y en la del Comisionado para Universidades e Investigación (CUR): http://www.gencat.cat/diue/ur.

    5.3 La persona solicitante sólo puede presentar una única solicitud acogida a esta convocatoria, independientemente del plazo.

    5.4 Si procede, cualquier necesidad de enmienda de la solicitud debe notificarse a la persona...

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