ORDEN IUE/365/2007, de 1 de octubre, por la que se aprueban las bases y se abre la convocatoria para la concesión de las becas postdoctorales Generalidad de Cataluña-Fulbright (BFUL), para el ejercicio 2008.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
Rango de LeyOrden

ORDEN

IUE/365/2007, de 1 de octubre, por la que se aprueban las bases y se abre la convocatoria para la concesión de las becas postdoctorales Generalidad de Cataluña-Fulbright (BFUL), para el ejercicio 2008.

De conformidad con lo que dispone el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalidad de Cataluña y el resto de normativa vigente en esta materia,

Ordeno:

Artículo 1

Convocar las becas postdoctorales Generalidad de Cataluña-Fulbright (BFUL) que constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

Esta convocatoria se regula por las bases y condiciones específicas que se detallan en el anexo de esta Orden, por el Texto refundido de la Ley 3/2002 de finanzas públicas de Cataluña, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, su reglamento y el resto de normativa aplicable.

Artículo 3

El importe global máximo a que hace referencia esta convocatoria es de 267.456 dólares de EEUU, que irán a cargo de la partida del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2008 equivalente a la partida IU0421/D/403000100/5710 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2007.

Disposición final

Esta Orden, que agota la vía administrativa, puede ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el consejero de Innovación, Universidades y Empresa, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o directamente de recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con el artículo 46 en relación con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Barcelona, 1 de octubre de 2007

Josep Huguet i Biosca

Consejero de Innovación, Universidades y Empresa

Anexo

Convocatoria de becas postdoctorales Generalidad de Cataluña-Fulbright (BFUL), para el ejercicio 2008

.1 Objeto

Otorgar becas postdoctorales para realizar estancias de investigación en universidades o centros especializados en los Estados Unidos de América. Estas becas se convocan por octava vez y se enmarcan dentro del convenio de colaboración firmado entre el Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información y la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, que establece el Programa Generalidad de Cataluña-Fulbright.

.2 Solicitantes

Investigadores que hayan obtenido el título de doctor en una de las universidades catalanas con posterioridad al 1 de enero de 1998 o, en caso de que no lo tengan, que lo obtengan antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los candidatos deberán tener excelentes conocimientos de lengua inglesa.

Las personas con residencia permanente en los Estados Unidos o que disfruten de doble nacionalidad con este país, no podrán optar a estas becas.

Tampoco podrán optar a estas becas los investigadores que, antes del inicio de la beca, tengan un visado J-1 por un tiempo superior a seis meses.

.3 Duración y periodo

Las becas tendrán una duración de doce meses y no será posible su renovación. Las estancias se deberán iniciar entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre de 2008. En casos excepcionales, que deberán ser valorados por el órgano resolutorio, la incorporación se podría retrasar como máximo hasta el 31 de diciembre de 2008, lo que comportaría la reducción de la duración total de la beca por el tiempo correspondiente a dicho retraso.

.4 Áreas de investigación

Todas las establecidas en el ámbito universitario catalán.

.5 Importe

Asignación mensual de 2.950 dólares de EEUU y una ayuda complementaria de 4.400 dólares de EEUU en concepto de ayuda para el viaje, gastos de instalación y libros. La beca también incluye un seguro de enfermedad y accidente, con una cobertura máxima de 100.000 dólares de EEUU.

Además, los becarios contarán con los servicios de apoyo y orientación de la Comisión y durante su estancia en los Estados Unidos podrán participar en las actividades organizadas por el Programa Fulbright.

.6 Solicitudes

Se presentarán, por quintuplicado, en impreso normalizado, en el Comisionado para Universidades e Investigación del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Via Laietana, 33, 6ª planta, 08003 Barcelona) o en la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América (paseo General Martínez Campos, 24 bis, 28010 Madrid).

Los impresos se podrán obtener en el Comisionado para Universidades e Investigación del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Via Laietana, 33, 6ª planta, 08003 Barcelona) o en la web del Comisionado (http://www.gencat.cat/diue/universitats_recerca) o también en la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América o en su web (http://www.fulbright.es).

.7 Documentación e información que debe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR