RESOLUCIÓN CTC/1289/2004, de 3 de mayo, por la que se abre la convocatoria para la concesión de becas en el marco del Programa de formación en materia de promoción comercial en el extranjero.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

CTC/1289/2004, de 3 de mayo, por la que se abre la convocatoria para la concesión de becas en el marco del Programa de formación en materia de promoción comercial en el extranjero.

El nuevo entorno económico de globalización de los mercados mundiales obliga a las empresas a diversificar mercados y afianzar una presencia más sólida y permanente en los mercados internacionales. En este entorno económico de competencia, las empresas deben disponer de una estructura organizativa de técnicos y profesionales competentes que conozcan los diferentes aspectos de estos mercados tanto geográfica como sectorialmente.

En este sentido, y en la línea de trabajo iniciado en el año 1982, el Departamento de Comercio, Turismo y Consumo, a través de la colaboración entre la Dirección General de Comercio y el Consorcio de Promoción Comercial de Cataluña (COPCA), establece un programa conjunto de becas para preparar especialistas en materia de promoción comercial mediante la realización de prácticas en el extranjero con el objetivo de que las empresas catalanas tengan profesionales capacitados que les ayuden a mejorar su competitividad.

El Consejo General del Consorcio de Promoción Comercial de Cataluña, en la reunión del día 19 de febrero de 2004, aprobó las bases para la concesión de becas a titulados superiores en materia de promoción comercial en el extranjero, previo informe de la Asesoría Jurídica del Departamento de Comercio, Turismo y Consumo.

Por lo tanto, de acuerdo con los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y en ejercicio de las facultades que me han sido conferidas,

Resuelvo:

Artículo 1

Se abre la convocatoria para la concesión de becas a titulados superiores en el marco del Programa de formación en materia de promoción comercial en el extranjero.

Artículo 2

Se da publicidad a las bases que regirán esta convocatoria, que figuran en el anexo de esta Resolución.

Disposición final

Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 3 de mayo de 2004

Raimon Serret Lluís

Presidente del Comité Ejecutivo

Anexo

Bases que regirán la convocatoria para la concesión de becas en materia de promoción comercial en el extranjero

.1 Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de becas de investigación de mercados y de acciones de promoción comercial para la formación de personal cualificado en el ámbito de la promoción comercial mediante la realización de prácticas en las oficinas comerciales en el extranjero o en los centros de promoción de negocios del COPCA o en otras instituciones con las que así se convenga, que permitan a los/las beneficiarios/as complementar su formación universitaria.

.2 Duración y residencia

La duración de la beca se establece en doce meses, desde diciembre de 2004 a noviembre de 2005. Durante el período mencionado, el/la becario/a tendrá la obligación de residir en el país o ciudad que se le haya asignado. No obstante, si las actividades diseñadas dentro del programa de trabajo lo requieren, el/la becario/a podrá ser trasladado/a de ciudad temporal o definitivamente.

En casos especiales debidamente justificados, se podrá prorrogar la beca por un periodo no superior a doce meses, con el objetivo de completar la formación de las personas que hayan concluido satisfactoriamente el primer periodo.

.3 Requisitos para optar a las becas

Pueden solicitar estas becas las personas que reúnan los requisitos siguientes:

a) Tener nacionalidad española o de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea.

b) Estar empadronado/a en Cataluña con una antigüedad superior a un año.

c) Tener una titulación universitaria superior obtenida en cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea o estar en condiciones de obtenerla antes del día 18 de Julio de 2004.

En el caso de tener una titulación de universidades de países no-miembros de la Unión Europea, es necesaria la homologación oficial del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

Se considera titulación superior la que permite el acceso a los cursos de...

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