DECRETO 309/2004, de 8 de junio, de reestructuración de la Dirección de Servicios del Departamento de Interior.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

309/2004, de 8 de junio, de reestructuración de la Dirección de Servicios del Departamento de Interior.

El Decreto 68/2004, de 20 de enero, de estructuración y de reestructuración de varios departamentos de la Administración de la Generalidad, ha establecido, en su Título 4, la estructura y la organización general del Departamento de Interior.

En este Decreto 68/2004 se fija también la estructura básica de la Dirección de Servicios del Departamento de Interior, adaptando y reordenando las disposiciones sobre la estructura vigente hasta la fecha, sin introducir ninguna modificación substancial en lo que concierne a los órganos que ya dependían de la anterior Dirección de Servicios, y sin desplegar esta estructura. Dado que la estructura actual data en parte del año 1991 y resulta insuficiente para el cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas la Dirección de Servicios, se hace necesario reestructurarla, adoptándola a las nuevas necesidades organizativas y funcionales.

De conformidad con lo expuesto y dado lo que establece la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, a propuesta de la consejera de Interior, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

La Dirección de Servicios

1.1 A la Dirección de Servicios le corresponden las funciones siguientes:

a) La administración, el régimen interior y la gestión de los servicios generales del Departamento, bajo la dirección del/de la secretario/aria general, y la coordinación de los servicios que llevan a cabo los organismos que dependen de él.

b) Planificar e impulsar acciones dirigidas a la integración, a rentabilizar y a la optimización máximas de las actuaciones de las distintas unidades del Departamento.

c) Dirigir iniciativas que conduzcan a la mejora de la evaluación de la gestión en los diferentes ámbitos del Departamento.

d) Mantener relaciones funcionales con otros departamentos cuando se lo encargue el/la secretario/aria general.

e) Coordinar la preparación del anteproyecto de presupuesto del Departamento en colaboración con los otros órganos del Departamento.

f) Coordinar y gestionar los asuntos relativos al personal adscrito a los diferentes órganos del Departamento, sin perjuicio de las funciones de otras unidades directivas.

g) Supervisar la gestión presupuestaria, la contabilidad, la gestión patrimonial, las contrataciones, las obras y su mantenimiento, sin perjuicio de las funciones de otras unidades directivas.

h) Dirigir las políticas de relaciones laborales y de prevención de riesgos y salud laboral.

i) Dirigir y coordinar las unidades que dependen de ella y también coordinar el resto de servicios administrativos del Departamento.

j) Las otras funciones que le delegue el/la secretario/aria general del Departamento.

1.2 De la Dirección de Servicios dependen los órganos siguientes:

a) La Subdirección General de Gestión Económica y Contratación.

b) La Subdirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales.

Artículo 2

Subdirección General de Gestión Económica y Contratación

2.1 A la Subdirección General de Gestión Económica y Contratación le corresponden las funciones siguientes:

a) Dirigir y coordinar la actuación de las unidades administrativas que dependen de este órgano.

b) Desarrollar los programas generales del Departamento en materia económico-administrativa.

c) Preparar y estudiar el anteproyecto de presupuesto del Departamento y controlar su ejecución.

d) Dirigir y controlar la gestión económica, presupuestaria y contable del Departamento.

e) Dirigir y controlar la gestión patrimonial de los bienes muebles y de los bienes inmuebles adscritos al Departamento.

f) Impulsar y supervisar la tramitación de los expedientes de contratación de obras, servicios y suministros del Departamento.

g) Cualquier otra función que le sea encomendada por el/la director/a de Servicios.

2.2 Dependen de la Subdirección General de Gestión Económica y Contratación:

a) El Servicio de Gestión Económica.

b) El Servicio de Contratación y Patrimonio.

Artículo 3

Servicio de Gestión Económica

3.1 El Servicio de Gestión Económica tiene las funciones siguientes:

a) Participar en la preparación del anteproyecto de presupuesto del...

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