DECRETO 123/2002, de 16 de abril, por el que se establece la ordenación general de los programas de garantía social en Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

123/2002, de 16 de abril, por el que se establece la ordenación general de los programas de garantía social en Cataluña.

La Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo (LOGSE), prevé en el artículo 23.2 la existencia de programas específicos de garantía social para los alumnos que no alcancen los objetivos de la educación secundaria obligatoria, con la finalidad de proporcionarles una formación básica y profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir sus estudios en las diferentes enseñanzas reguladas en la misma Ley. En el artículo 23.3 establece que las administraciones educativas garantizarán una oferta suficiente de estos programas específicos de garantía social.

En este mismo sentido, el Decreto 75/1992, de 9 de marzo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria obligatoria en Cataluña, dispone en el artículo 38 que el Gobierno de la Generalidad de Cataluña garantizará una oferta suficiente de programas específicos de garantía social para el alumnado que en la enseñanza obligatoria no haya alcanzado los objetivos establecidos y regulará su contenido.

El Decreto 299/1997, de 25 de noviembre, sobre la atención educativa al alumnado con necesidades educativas especiales, regula en el artículo 7.2 la escolarización en unidades o centros de educación especial del alumnado mayor de 16 años con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades mediante la oferta de programas adaptados de garantía social y de programas de formación para la transición a la vida adulta.

El Departamento de Enseñanza, de acuerdo con la Orden de 22 de julio de 1993, por la que se autorizaron diversos centros docentes y entidades colaboradoras para impartir con carácter experimental los programas de garantía social durante el curso 1993-1994, anualmente ha autorizado y desarrollado programas de garantía social hasta el curso escolar 2001-2002.

Asimismo, el Departamento de Trabajo colabora con el Departamento de Enseñanza en la oferta de estos programas, y el Decreto 93/2002, de 19 de febrero, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los programas de garantía social.

Teniendo en cuenta los resultados del proceso de aplicación de esta oferta formativa, el presente Decreto establece la ordenación en Cataluña de los programas de garantía social como instrumentos formativos de inserción del alumnado que no ha alcanzado los objetivos de la educación secundaria obligatoria para facilitarles el acceso a una ocupación y/o posibilitar su reinserción en el sistema educativo.

En virtud de lo expuesto, de acuerdo con el informe del Consejo Escolar de Cataluña, visto el informe favorable de la Comisión de Gobierno Local, realizados los trámites sindicales y de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora;

A propuesta de la consejera de Enseñanza, y con la deliberación previa del Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Objeto

El objeto de este Decreto es la regulación en Cataluña de los programas específicos de garantía social que establece el artículo 23.2 de la Ley orgánica 1/1990, de 3...

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