RESOLUCIÓN SLT/2737/2005, de 16 de septiembre, de delegación de competencias en el director del Área de Recursos.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCI”N

SLT/2737/2005, de 16 de septiembre, de delegaciÛn de competencias en el director del ¡rea de Recursos.

Considerando que la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenaciÛn sanitaria de CataluÒa, modificada parcialmente por la Ley 11/1995, de 29 de septiembre, establece en el artÌculo 2 que la organizaciÛn y la gestiÛn del sistema sanitario debe ajustarse a los principios de descentralizaciÛn y desconcentraciÛn de la gestiÛn y a los de racionalizaciÛn, eficacia, simplificaciÛn y eficiencia;

Considerando que el Decreto 260/2000, de 31 de julio, por el que se desarrolla la estructura y la organizaciÛn centrales del ente p˙blico Servicio Catal·n de la Salud;

Considerando que razones de eficacia y racionalizaciÛn aconsejan proceder a la delegaciÛn de determinadas competencias en el director del ¡rea de Recursos;

Considerando lo que disponen los artÌculos 38 y 39 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organizaciÛn, procedimiento y rÈgimen jurÌdico de la AdministraciÛn de la Generalidad de CataluÒa, y el artÌculo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de rÈgimen jurÌdico de las administraciones p˙blicas y del procedimiento administrativo com˙n;

En virtud de lo que se ha expuesto y con la autorizaciÛn del Consejo de DirecciÛn del Servicio Catal·n de la Salud y de la consejera de Salud,

Resuelvo:

.1††Delegar en el director del ¡rea de Recursos, en el ·mbito de la gestiÛn econÛmica, las competencias para:

1.1††En materia de modificaciones de crÈdito:

a)†Proponer las transferencias de crÈdito, las generaciones de crÈdito, los crÈditos extraordinarios, los suplementos de crÈdito, las ampliaciones de crÈdito y las incorporaciones de crÈdito en el presupuesto del Servicio Catal·n de la Salud.

b)†Autorizar los traspasos de crÈdito y las distribuciones de crÈdito del presupuesto del Servicio Catal·n de la Salud.

1.2††La formalizaciÛn de los contratos por los que se regula que las entidades financieras hagan pagos por cuenta del Servicio Catal·n de la Salud (pago por tercero), con la autorizaciÛn previa del Gobierno.

1.3††En materia de Ûrdenes de pagos a justificar:

a)†La creaciÛn de habilitaciones de fondos de maniobra y el nombramiento de los habilitados y/o habilitadas y de los subhabilitados y/o subhabilitadas.

b)†La realizaciÛn de la puesta inicial y, en su caso, de la propuesta de modificaciÛn, del importe anual destinado a gastos a justificar.

c)†La conciliaciÛn de los libros de bancos y de caja con...

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