Extracto
RESOLUCIÓN TRI/2468/2005, de 20 de junio, por la que se ordena la inscripción, el depósito y la publicación de la revisión salarial del Convenio colectivo de trabajo del sector del pan de la provincia de Girona para el período del 01.02.2005 a 31.01.2006 (código de convenio núm. 1700235).
RESOLUCIÓN TRI/2468/2005, de 20 de junio, por la que se ordena la inscripción, el depósito y la publicación de la revisión salarial del Convenio colectivo de trabajo del sector del pan de la provincia de Girona para el período del 01.02.2005 a 31.01.2006 (código de convenio núm. 1700235). Visto el texto de la revisión salarial del Convenio colectivo de trabajo del sector del pan de la provincia de Girona, suscrito por una parte por Grearpta, Asempa y el Gremi d'Industrials Forners y por la otra por CCOO y UGT, el día 18 de marzo de 2005, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 90.2 y 90.3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los trabajadores; el Decreto de la Generalidad de Cataluña 326/1998, de 24 de diciembre, el artículo 11.2 de la Ley orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de autonomía de Cataluña y otras normas concordantes, Resuelvo: .1 Ordenar la inscripción de la revisión salarial del Convenio colectivo de trabajo del sector de las industrias del pan de la provincia de Girona, para el período de 01.02.2005 a 31.01.2006 (código de convenio núm. 1700235) en el Registro de convenios de los Servicios Territoriales de Trabajo e Industria de Girona. .2 Ordenar el depósito en la oficina correspondiente de estos Servicios Territoriales. .3 Disponer que la citada revisión se publique en el DOGC. Notifíquese esta Resolución a la Comisión negociadora del Convenio. Girona, 20 de junio de 2005 Núria Arnay i Bosch Directora de los Servicios Territoriales en Girona Traducción del texto original firmado por las partes Tablas salariales Período 01.02.2005 a 31.01.2006 Empresas y categorías (mecanizadas, seminecanizadas y artesanas) SBd: Salario base 2005 (diario); PCd: Plus convenio 2005 (diario); M: Mensual 2005 (medio, 12 mens.); A: Anual 2005 (bruto x 15 mensualidades); PN: Plus noche 2005 (25 días, medio/mes); Bpn: Bruto 2005 (anual+p. noct. si corresponde) GT SBd PCd M A PN Bpn Personal obrador/producción Encargado/a 4 22,08 15,17 1.132,83 16.945,91 259,07 20.811,17 Oficial/a - E 8 20,78 8,91 903,15 13.510,20 259,07 17.375,47 Oficial/a 8 18,84 9,56 863,96 12.923,86 259,07 16.789,12 Oficial/a línea 8 20,78 8,91 903,15 13.510,20 259,07 17.375,47 Ayudante/a poliv. 9 18,56 8,54 824,44 12.332,67 259,07 16.197,93 Respons. envase 8
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Documentos citados
- Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Artículo 90
- Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña - Artículo 11
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