RESOLUCIÓN ENS/1234/2011, de 12 de mayo, por la que se dictan las instrucciones sobre las adjudicaciones de destinos provisionales al personal funcionario e interino de los cuerpos docentes en centros docentes públicos y servicios educativos dependientes del Departamento de Enseñanza y otros puestos, con efectos de 1 de septiembre de 2011, y sobre los desplazamientos forzosos por modificación de las plantillas de los centros docentes públicos.

Extracto


RESOLUCIÓN ENS/1234/2011, de 12 de mayo, por la que se dictan las instrucciones sobre las adjudicaciones de destinos provisionales al personal funcionario e interino de los cuerpos docentes en centros docentes públicos y servicios educativos dependientes del Departamento de Enseñanza y otros puestos, con efectos de 1 de septiembre de 2011, y sobre los desplazamientos forzosos por modificación de las plantillas de los centros docentes públicos.

RESOLUCIÓN

ENS/1234/2011, de 12 de mayo, por la que se dictan las instrucciones sobre las adjudicaciones de destinos provisionales al personal funcionario e interino de los cuerpos docentes en centros docentes públicos y servicios educativos dependientes del Departamento de Enseñanza y otros puestos, con efectos de 1 de septiembre de 2011, y sobre los desplazamientos forzosos por modificación de las plantillas de los centros docentes públicos.

Teniendo en cuenta la existencia de puestos de trabajo vacantes, dado que no están ocupados por profesorado con destino definitivo o provisional, en centros docentes públicos y servicios educativos dependientes del Departamento de Enseñanza y otros puestos, correspondientes a puestos de trabajo de los cuerpos de maestros y de profesorado de enseñanzas secundarias, corresponde establecer el procedimiento para proveerlos con carácter provisional.

Los artículos 102 y 123 de la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación, establecen que la dirección de cada centro público puede proponer al Departamento, en función de las necesidades derivadas del proyecto educativo y de dirección del centro, puestos docentes para los que es necesario el cumplimiento de requisitos adicionales de titulación o de capacitación profesional docente y de puestos de trabajo docentes específicos.

El artículo 114 de la mencionada Ley prevé que la dirección de cada centro puede asignar al profesorado que ocupa los puestos de trabajo docentes la responsabilidad de dirección, gestión y coordinación docente que requiera la aplicación del proyecto educativo.

De acuerdo con lo que establece el Real decreto 1364/2010, de 29 de octubre (BOE núm. 263, de 30.10.2010), en cuanto a criterios de desplazamiento y derechos preferentes, corresponde dictar las instrucciones relativas a los desplazamientos forzosos del personal funcionario de los cuerpos de maestros y de enseñanzas secundarias por modificación de las plantillas de los centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias.

Mediante la Orden EDU/139/2007, de 8 de mayo (DOGC núm. 4884, de 16.5.2007), se aprobó la tramitación telemática del procedimiento de participación en las adjudicaciones de destinos provisionales en los centros docentes públicos del personal funcionario e interino de los cuerpos docentes.

Se ha realizado el trámite previo de consulta y participación con los representantes del personal al servicio de las administraciones públicas, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público (BOE núm. 89, de 13.4.2007).

Por todo ello,

Resuelvo:

—1 Se dictan las instrucciones sobre las adjudicaciones de destinos provisionales con efectos de 1 de septiembre de 2011 al personal funcionario de carrera, en prácticas e interino del cuerpo de maestros y de los cuerpos de enseñanzas secundarias en escuelas, institutos escuela, institutos, secciones, escuelas oficiales de idiomas, escuelas de arte y superiores de diseño, centros y aulas de formación de personas adultas, servicios educativos y otros puestos dependientes del Departamento de Enseñanza, las cuales figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

—2 Se dictan las instrucciones sobre los desplazamientos forzosos del profesorado de los cuerpos docentes que al inicio del curso 2011-2012 pierdan el destino definitivo por modificación de las plantillas de los centros docentes públicos dependientes del Departamento de Enseñanza, las cuales figuran en el anexo 7 de esta Resolución.

—3 Se adjudica destino provisional con efectos de 1 de septiembre de 2011 a nuevos directores por la duración del mandato en centros donde no tienen destino definitivo.

—4 Se dan por finalizados a 31 de agosto de 2011 los nombramientos de personal docente con destino provisional en los servicios educativos.

—5 Cese a 31 de agosto de 2011 de los docentes con destino provisional en un centro con nombramiento vigente para el curso 2011-2012

El profesorado que ya consta destinado para el curso 2011-2012 permanecerá en el mismo destino (centro y especialidad que ocupa el curso 2010-2011) a pesar de que cambie su vinculación o forma de ocupación porque haya superado el proceso selectivo de 2011 por la misma u otra especialidad del puesto que ocupa.

Por lo tanto, este profesorado no podrá participar en el procedimiento de provisión que regula esta Resolución, salvo que esté afectado por alguno de los supuestos siguientes:

1) Cambio de cuerpo por superación del proceso selectivo de 2011.

2) Supresión del puesto de trabajo adjudicado en destino provisional para el curso 2011-2012.

3) Obtención de un destino diferente por concurso de méritos de puestos singulares en centros que tienen un plan estratégico autorizado.

4) Provisión con carácter definitivo del puesto de trabajo, reincorporación del funcionario docente que tiene en reserva el puesto de trabajo con destino definitivo, o provisión por concurso de méritos de puestos singulares, o ...

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