RESOLUCIÓN ECO/1379/2013, de 17 de junio, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de mando y tres puestos singulares del Departamento de Economía y Conocimiento (convocatoria de provisión núm. EC/009/13).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y otras disposiciones complementarias;

Dado que están vacantes un puesto de mando y tres puestos singulares del Departamento de Economía y Conocimiento, y vista la propuesta del titular del órgano directivo correspondiente para su provisión;

Dada la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalidad vigente y la descripción del puesto de trabajo para proveer, incluida en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha realizado el correspondiente trámite de intervención;

Dada la competencia que atribuye a la persona titular del Departamento el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, y haciendo uso de las atribuciones que me han sido delegadas por la Orden ECO/224/2011, de 2 de septiembre, de delegación de competencias en la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Economía y Conocimiento,

Resuelvo:

-1 Convocar, por el sistema de libre designación, un puesto de mando y tres puestos singulares del Departamento de Economía y Conocimiento (convocatoria de provisión núm. EC/0 /13), que se detallan en el anexo 2.

-2 Aprobar las bases de la convocatoria que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la haya dictado, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, o bien pueden interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona o, a elección suya, lo pueden interponer ante el juzgado de la circunscripción donde tengan el domicilio, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo que prevén los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para defender sus intereses.

Barcelona, 17 de junio de 2013

p. d. (Orden ECO/224/2011, DOGC de 19.9.2011)

Albert Carreras

Secretario general

Anexo 1

Bases

-1 Puestos de trabajo

Se convocan, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo cuyas características constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

-2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo para proveer consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

-3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con los siguientes aspectos:

3.1.1 El personal funcionario puede estar, con respecto a la Administración de la Generalidad, en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También puede participar el personal funcionario no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalidad y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en que esté clasificado el puesto objeto de la convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidas en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, pueden participar los funcionarios de la Generalidad de Cataluña que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en que está clasificado el puesto convocado, a los que no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso pueden participar los funcionarios que se encuentren en suspensión de empleo, los trasladados de puestos de trabajo ni los destituidos de puestos de mando, como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes.

3.1.4 Tampoco pueden participar los funcionarios en situación diferente a la de servicio activo que no hayan permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar en el servicio activo.

3.2 Los funcionarios con discapacidades pueden participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo para proveer.

3.3 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria, es necesario poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística, o el equivalente, del nivel que se indica en el apartado 3 del anexo 2.

En caso de que las personas aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, el órgano competente evaluará mediante una prueba estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo para proveer, antes de elaborar la propuesta de personas admitidas y excluidas que prevé esta convocatoria.

En este último caso, transcurridos diez días a partir del final del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en el tablón de anuncios del Departamento, en la dirección citada en la base 4.1 de esta convocatoria y en la intranet del Departamento, el día, la hora y el lugar de realización de la prueba de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante, están exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalidad en que hubiera una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria.

En estos supuestos, se deberá adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

3.4 Los requisitos de participación se deben reunir en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

-4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para participar en este concurso se deben presentar en el Registro general del Departamento de Economía y Conocimiento, rambla de Cataluña, núm. 19-21, 08007 Barcelona, o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 25.1 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, que concuerda con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde el siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución de convocatoria en el DOGC.

4.2 Las solicitudes tienen carácter vinculante para las personas candidatas y solo se admiten renuncias a la participación en el concurso cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4.3 La solicitud se debe formalizar según el modelo que figura como anexo de la Resolución de 4 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2546, de 29.12.1997). Igualmente, se pueden obtener en la siguiente dirección de Internet: http://www.gencat.cat/governacio/concursos/formulari y en la intranet del Departamento de Economía y Conocimiento.

Las personas aspirantes deben adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente declaración de datos profesionales que tengan relación con el puesto de trabajo para proveer debidamente especificada.

4.4 Las personas aspirantes a que hace referencia la base 3.2 deben adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de disminuciones del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS), para que se pueda evaluar que la persona funcionaria puede desarrollar de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo, las personas candidatas pueden pedir la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público que se debe prestar.

4.5 Las personas aspirantes deben consignar en la solicitud de participación la denominación y la referencia de identificación del puesto de trabajo al que optan y, si quieren concursar a la vez por más de un puesto de esta convocatoria, deben indicar...

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