RESOLUCIÓN ECO/307/2014, de 6 de febrero, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración para la ejecución de las obras del Hospital Transfronterizo de la Cerdaña (HTC).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyResolución

En fecha 30 de marzo de de 2013 se ha firmado el Convenio de colaboración para la ejecución de las obras del Hospital Transfronterizo de la Cerdaña (HTC).

Vistas las previsiones del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, del artículo 112.2 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y del artículo 9 del Decreto 52/2005, de 5 de abril, de creación y regulación del Registro de convenios de colaboración y cooperación;

Resuelvo:

Hacer público el Convenio de colaboración para la ejecución de las obras del Hospital Transfronterizo de la Cerdaña (HTC), que ha sido inscrito en el Registro de convenios de colaboración y cooperación de la Generalidad de Cataluña con el código 2011/4/032 y que se transcribe en el anexo de esta Resolución.

Barcelona, 6 de febrero de 2014

Albert Carreras

Secretario general

Anexo

Convenio de colaboración para la ejecución de las obras del Hospital Transfronterizo de la Cerdaña (HTC).

En Barcelona, el 30 de marzo de 2011

De una parte, el señor Jean Yves Le Quelec, en nombre y representación de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de la Cerdaña (en adelante AECT HC), con domicilio en Puigcerdà y CIF V55096580. El señor Jean Yves Le Quelec actúa en su condición de presidente de la Comisión Ejecutiva de la AECT HC, según autorización concedida por acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la AECT HC de fecha 16 de marzo de 2011.

Y de otra parte el señor Joan Lluís Quer i Cumsille, presidente de la empresa pública catalana Gestió d’Infraestructures, SAU , domiciliada a Barcelona, c/ dels Vergós, 36-42, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona en el tomo 40.815, folio 188 de la hoja B-4336, y con NIF-A59377135, que actúa en su condición de presidente y consejero delegado de la compañía, de acuerdo con las facultades que resultan de la escritura de nombramiento autorizada por el notario de Barcelona, el señor Joan-Carles Farres Ustrell, el día 16 de marzo de 2011, con el número 548 de su protocolo.

Las partes se reconocen capacidad legal e interés legítimo para el otorgamiento del presente Convenio del que son

Antecedentes

  1. GISA se constituyó en fecha 20 de julio de 1990, por acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña adoptado el 3 de julio de 1990 y al amparo de la Disposición Adicional núm. 29 de la Ley 9/1990, de 16 de mayo.

    Conforme a sus estatutos, el objeto social de GISA es:

    “1. El objeto social de la empresa Gestió d’Infraestructures, SAU es:

    1. Proyectar, construir, conservar, explotar y promocionar todo tipo de infraestructuras y edificaciones que la Generalidad promueva o en las cuales participe y los servicios que se puedan instalar o desarrollar.

    2. Proyectar y construir todo tipo de Infraestructuras y edificaciones de terceros con los cuales la Generalidad haya acordado la construcción.

    “2. La actividades a las que se refiere el apartado 1 pueden ser llevadas a cabo por Gestió d’Infraestructures, SAU o por terceras personas. Gestió d’Infraestructures, SAU actúa por encargo del Gobierno, en nombre propio y por cuenta propia o en nombre propio y por cuenta de la Generalidad o de las terceras personas a que se refiere el apartado 1 b), según los términos de los encargos y los mandatos de actuación.

    3. Estas actividades se pueden llevar a cabo total o parcialmente por medio de la participación, la cual está sujeta siempre al estatuto de la empresa pública catalana, la Ley de patrimonio de la Generalidad y el Reglamento que la desarrolla, y cualquier otra disposición que sea aplicable por el carácter de empresa pública de la sociedad, en sociedades de objeto idéntico o análogo.

  2. El Gobierno de la Generalidad de Cataluña, por acuerdo adoptado en sesión de 29.07.2008, encargó a GISA la ejecución, por cuenta del Servicio Catalán de la Salud, de las obras correspondientes al Proyecto “Hospital Transfronterizo, de Puigcerdà”.

    El correspondiente proyecto constructivo fue aprobado por el Servicio Catalán de la Salud en fecha 14-02-2008 con el título “Ejecución de las obras de construcción del Hospital Transfronterizo, de Puigcerdà. Clave: HPG-07386”.

    GISA, en cumplimento del mandato recibido, convocó la licitación del correspondiente contrato de obras, conforme a la normativa vigente. El Consejo de Administración de GISA, en la reunión celebrada el 9 de enero de 2009, acordó adjudicar el referido contrato de obras a la Unión Temporal de Empresas constituida por las empresas Copisa Constructora Pirenaica, SA y Agefred, SA, denominada abreviadamente UTE HOSPITAL PUIGCERDÀ. Como anexo número 1 se adjunta copia del contrato de obras suscrito mediante firma electrónica entre GISA y la adjudicataria en fecha 20 de febrero de 2009.

  3. Mediante el Convenio y los estatutos suscritos el 26 de abril de 2010, entre la Generalidad de Cataluña, el Gobierno de la República francesa, la Agence Régionale de la Santé du Languedoc-Roussillon y la Caisse Nationale de l’Assurance Maladie des Travailleurs Salariés la puesta en marcha del referido Hospital se enmarcó como un proyecto transfronterizo conjunto con la República Francesa con una distribución de costes del 60/40 entre la Generalidad de Cataluña y la República Francesa respectivamente.

    En virtut de estos, se constituye la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de la Cerdaña (AECT HC), entre la Generalidad de Cataluña y, por la parte francesa, el Gobierno de la República Francesa, la Agence Régionale de la Santé du Languedoc-Roussillon y la Caisse Nationale de l’Assurance Maladie des Travailleurs Salariés .

    La orden de inscripción del Convenio y de los estatutos de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de la Cerdaña en el registro de la Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, y la disposición de publicación fue publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 36, de 11 de febrero de 2011.

  4. En el curso de la tramitación de la creación de la AECT HC, se solicitó una subvención para la financiación del 60% del coste de construcción del Hospital mediante fondos europeos FEDER al Programa Operativo de Cooperación Territorial España-Francia-Andorra (POCTEFA) 2007-2013. La concesión de dicha subvención culminó con la formalización, el 6 de mayo de 2009, de un Convenio de financiación FEDER entre el Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos, como autoridad de gestión del POCTEFA 2007-2013, y la Generalidad de Cataluña, como principal beneficiario y jefe de fila, y la Agence Régionale d’Hospitalisation du Languedoc-Roussillon , como beneficiario secundario, mediante el cual se subvencionaba el 60% del coste de las obras, en una proporción del 60/40.

    Así, la financiación de la construcción del Hospital de la Cerdanya, en Puigcerdà, queda de la manera siguiente:

    Financiación de la operación de construcción TOTAL
    Coste total estimado 31.000.000,00 euros
    Financiación FEDER (60%) 60% Generalidad (11.160.000,00 euros) 18.600.000,00 euros
    40% Socio francés (7.440.000,00 euros)
    Autofinaciación (40%) 60% Generalidad (7.440.000,00 euros) 12.400.000,00 euros
    40% Socio francés (4.960.000,00 euros)
  5. Actualmente, las obras de construcción se encuentran ejecutadas en un 57% aproximadamente, y la última certificación de obras es la correspondiente al mes de enero de 2011, por un importe acumulado de obra de 17.779.280,26 euros (IVA y revisión de precios incluidos). Por tanto, el gasto beneficiario de la financiación FEDER correspondiente a la parte catalana de la inversión está próximo a agotarse.

  6. En tanto que para percibir la financiación FEDER de la inversión subvencionada correspondiente al socio francés éste ha de justificar el gasto de construcción, es por lo que se ha procedido a realizar todas las actuaciones necesarias para que la AECT-HC reemprenda el plan de financiación inicial de la Agence Régionale d’Hospitalisation du Languedoc-Roussillon . Para ello, resulta necesario que las facturas de las obras del Hospital pasen a emitirse a nombre de la AECT HC, en su condición de socio del proyecto transfronterizo, y por tanto, que el mandante del encargo hecho a GISA para la gestión de la construcción del Hospital pase a ser la AECT HC en sustitución del Servicio Catalán de la Salud.

  7. A dichos efectos, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en sesión de fecha 29 de marzo acordó la sustitución de la posición de mandante de GISA en la ejecución de las obras del Hospital Transfronterizo de Puigcerdà ostentada por el Servicio Catalán de la Salud en beneficio de la AECT HC, y autorizó la suscripción del presente Convenio de colaboración.

  8. A los mismos efectos, la Comisión Ejecutiva de la AECT HC acordó en fecha 16 de marzo de 2011 aprobar la suscripción del presente Convenio, según consta en la certificación entregada por la señora Catherine Barnole en su condición de secretaria de la Comisión Ejecutiva de la AECT HC, que se adjunta como anexo número 2.

    Por todo lo anteriormente expuesto, la AECT HC y GISA suscriben este Convenio del que son

    Pactos

    Primero. Objeto

    El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre la AECT HC y GISA para la continuación de las obras de construcción del Hospital Transfronterizo, de Puigcerdà, clave: HPG-07386, que ejecuta el contratista UTE HOSPITAL PUIGCERDÀ en virtud del contrato que se adjunta como anexo número 1, a partir de la sustitución del mandante de GISA en el encargo efectuado inicialmente por el Gobierno de la Generalidad y que actualmente ostenta la AECT HC.

    Desde ese momento, GISA, actuando en nombre propio pero por cuenta de la AECT HC, en virtud del mandato recibido, promoverá y ejecutará, por si misma o por medio de terceros, las referidas obras e instará a los órganos competentes de la Administración de la Generalidad de Cataluña todas las...

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