EDICTO del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Reus, sobre procedimiento de juicio verbal (exp. 1158/2011).

SecciónAdministración de Justicia
EmisorJuzgados de primera instancia e instrucción
Rango de LeyEdicto

Procedimiento Juicio verbal (Desahucio precario - 250.1.2) 1158/2011 Sección G

Parte demandante Herminio Marron Berdasco y Elena Reigosa Garcia

Procurador MARIA DEL MAR MONCLÚS MORENO

Parte demandada TRANSPORTES TRABALON SA

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 2 REUS (ANT.CI-7)

JUICIO 1158/2011 Juicio verbal (Desahucio precario - 250.1.2)

PARTE DEMANDANTE Herminio Marron Berdasco y Elena Reigosa Garcia

PARTE DEMANDADA TRANSPORTES TRABALON SA

SOBRE Juicio Verbal: precario

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por resolución dictada en el día de la fecha de conformidad con lo dispuesto en los artículos 164 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de la SENTENCIA, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA Nº 211 / 2012

En Reus, a 20 de julio de 2012

VISTOS por Dª. VANESA ÁLVARO BERNAL, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Reus los presentes autos de juicio verbal de desahucio por precario nº 1158/2011-G promovidos por HERMINIO MARRÓN BERDASCO y ELENA REIGOSA GARCÍA representados por la Procuradora Sra. Monclús y asistidos por el Letrado Sr. Mora, contra TRANSPORTES TRABALÓN, S.A., en situación procesal de rebeldía.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por la actora se presentó el 11 de julio de 2011 demanda de juicio verbal de desahucio por precario en la que tras exponer los hechos y los fundamentos de derecho que consideró oportunos y que se dan por reproducidos, suplicó se dictara sentencia por la que se estime la demanda condenando a la demandada a desalojar la pieza de tierra y las naves sitas en Reus, Partida Rojals, Urbanización Martí (Registro de la Propiedad nº 2 de Reus, Tomo 497, Libro 140, Folio 10, Finca nº 9017) que ocupa, debiendo dejarla libre , vacua, expedita y a disposición de la parte demandante con apercibimiento a la demandada de proceder a su lanzamiento y a su cosa si no desaloja la finca y las naves dentro del plazo que al efecto se le confiera, e imponer asimismo a la demandada las costas del presente procedimiento.

SEGUNDO.- Repartida la demanda a este Juzgado se admitió a trámite por decreto de 7 de septiembre de 2011 citándose a los litigantes a juicio verbal, citando a la entidad demandada finalmente por edictos tras haber sido infructuosas las diligencias para averiguación de su domicilio. La vista se celebró finalmente el día 20 de julio de 2012 a la que compareció únicamente la parte actora por lo que se declaró a la demandada en situación procesal de rebeldía. La actora ratificó su demanda y propuso la documental por reproducida e interrogatorio de parte, admitida toda ella se practicó con el resultado obrante en autos, quedando a continuación el juicio concluso para sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- La parte actora...

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