DECRETO 390/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueban la revisión anual de las tarifas y los peajes resultantes de las autopistas y vías en régimen de peaje de titularidad de la Generalidad de Cataluña y el aplazamiento temporal de su aplicación.

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DECRETO 390/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueban la revisión anual de las tarifas y los peajes resultantes de las autopistas y vías en régimen de peaje de titularidad de la Generalidad de Cataluña y el aplazamiento temporal de su aplicación.

DECRETO

390/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueban la revisión anual de las tarifas y los peajes resultantes de las autopistas y vías en régimen de peaje de titularidad de la Generalidad de Cataluña y el aplazamiento temporal de su aplicación.

El Gobierno de la Generalidad de Cataluña ha aprobado en los últimos años un conjunto de medidas para conseguir la implantación armónica de un nuevo modelo de gestión de infraestructuras de altas prestaciones y la mejora de la gestión de la movilidad sostenible especialmente dirigida a los usuarios habituales con motivo de la movilidad obligatoria, en coherencia con los trabajos y conclusiones aprobados por el Grupo de Trabajo para la Reordenación de Peajes en Cataluña (Resolución 172/VI).

El punto primero del acuerdo marco del Grupo de Trabajo, de 10 de enero de 2002, prevé el restablecimiento de los peajes de forma que los usuarios no se vean afectados por el incremento del IVA aplicable el 1 de enero de 2002, en virtud de la ejecución de la sentencia del Tribunal de la Unión Europea de 18 de enero de 2001. Igualmente, requería la constitución de un fondo de transición, integrado principalmente por la recaudación de los impuestos sobre los usuarios y las sociedades concesionarias, que debería completarse con aportaciones de las comunidades autónomas titulares de autopistas con cargo a sus presupuestos. Al mismo tiempo, en el punto segundo se acuerda estudiar un nuevo modelo de gestión de infraestructuras de altas prestaciones homogéneo y armónico en el conjunto del Estado y de Cataluña.

En este marco, mediante el Decreto 345/2002, de 24 de diciembre, se aprobó un nuevo sistema de revisión anual de las tarifas y peajes de las autopistas titularidad de la Generalidad.

Por otra parte, el Decreto 351/2001, de 24 de diciembre, aprobó una bonificación temporal de las tarifas para reducir el impacto del aumento del tipo del IVA de aplicación a los peajes, aprobado por el Estado en ejecución de la sentencia del Tribunal de la Unión Europea de 18 de enero de 2001. También preveía la regularización progresiva de esta bonificación a partir del año 2004, de forma lineal en cinco años.

Vistas las solicitudes presentadas por las empresas y sociedades concesionarias, de acuerdo con los correspondientes contratos de concesión y el actual régimen de revisión de tarifas, este Decreto ...

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