ORDEN ARP/202/2016, de 19 de julio, por la que se amplía el plazo para ejecutar y justificar las actuaciones subvencionables que establece la Orden ARP/86/2016, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de equipos de comunicación para las agrupaciones de defensa forestal (ADF), operación 08.03.01, y se convocan las correspondientes al año 2016.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden ARP/86/2016, de 14 de abril, se aprobaron las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de equipos de comunicación para las agrupaciones de defensa forestal, y se convocaron las correspondientes al año 2016 (DOGC núm. 7107, de 26.04.2016).

El punto 12.1 de las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de equipos de comunicación para las agrupaciones de defensa forestal establece que los beneficiarios deben realizar las actuaciones y justificarlas antes del 31 de julio de 2016.

El apartado 12.1 de las bases reguladoras establece la posibilidad de ampliar el plazo de realización de las actuaciones siempre y cuando se puedan justificar antes del 30 de septiembre de 2016.

Dado el volumen de solicitudes presentadas y las circunstancias de adquisición del material de comunicaciones que afecta a todo el colectivo al que va destinado la ayuda, se considera oportuno considerar como plazo ordinario de justificación la fecha prevista para su ampliación.

Consecuentemente, de acuerdo con el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, a propuesta de la Dirección General de Montes, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

Se modifica el punto 12.1 del anexo 1 de la Orden ARP/86/2016, de 14 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de equipos de comunicación para las agrupaciones de defensa forestal (ADF), operación 08.03.01, y se convocan las correspondientes al año 2016, que queda redactada del siguiente modo:

Las personas beneficiarias deben realizar las actuaciones objeto de las ayudas y justificarlas antes del 30 de septiembre de 2016, para que se pueda proceder a la certificación y comprobación de la ejecución de las...

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