ACUERDO GOV/214/2010, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el nuevo texto de los Estatutos de Sistema de Emergencias Médicas, SA.

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ACUERDO GOV/214/2010, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el nuevo texto de los Estatutos de Sistema de Emergencias Médicas, SA.

ACUERDO

GOV/214/2010, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el nuevo texto de los Estatutos de Sistema de Emergencias Médicas, SA.

Mediante el Acuerdo de Gobierno de 14 de diciembre de 1992, publicado en el DOGC número 1688, de 30 de diciembre de 1992, se autorizó al Servicio Catalán de la Salud para que creara la empresa pública Sistema de Emergencias Médicas, SA (SEM), con el objetivo de alcanzar el grado de eficacia, eficiencia, efectividad y calidad en la prestación de los servicios de atención de emergencias médicas.

Desde la creación del SEM, sus Estatutos han sido objeto de varias modificaciones, cuya última modificación estatutaria es la ampliación de su capital social, mediante el Acuerdo de Gobierno en la sesión de 27 de diciembre de 2008.

A raíz de la moción 47/VIII del Parlamento de Cataluña, sobre política sanitaria, y especialmente con respecto a la gestión del SEM, aprobada en la sesión del Pleno del Parlamento número 52, de fecha 19 de marzo de 2009, el Servicio Catalán de la Salud inicia un proceso tendente a alcanzar la efectiva reestructuración de los órganos de Gobierno y de gestión del SEM, como herramienta para impulsar el nuevo modelo de transporte sanitario de Cataluña, aplicando una cultura de gestión adecuada al marco normativo y financiero vigentes, para ayudar a afrontar con garantías la nueva etapa en tanto que empresa totalmente participada por el CatSalut.

Para afrontar con plenas garantías esta nueva etapa se hace imprescindible dotar al SEM de unos nuevos estatutos los cuales, sin cambiar su denominación, objeto ni capital social, conformen un instrumento útil, eficaz y adecuado para regir el funcionamiento de la entidad para una mejor productividad y rentabilidad de acuerdo con sus objetivos fijados.

Así pues, se ha considerado adecuado adaptar los nuevos estatutos a las modificaciones normativas que han ido afectando al régimen jurídico de la sociedad, todo por razones de legalidad y de seguridad jurídica. En este sentido se ha pretendido regular de forma positiva a través del texto que se propone todos los regímenes jurídicos de la entidad, en concreto los de personal, presupuestario, patrimonial financiero, contable y de contratación, dejando patente que el SEM es una empresa pública sometida a la normativa del sector público, como también a la normativa en materia de sociedades mercantiles.

Como modificaciones de relevancia introducidas en el nuevo texto estatutario hay que resaltar las siguientes:

Se han añadido dos nuevas funciones en el marco del mismo objeto social, en concreto, la de implementar y prestar ap...

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