ORDEN de 11 de julio de 2001, por la que se declara un nuevo foco de peste porcina clásica y se establecen nuevas zonas de protección y de vigilancia.

DOGC, 13 de Julio de 2001

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ORDEN de 11 de julio de 2001, por la que se declara un nuevo foco de peste porcina clásica y se establecen nuevas zonas de protección y de vigilancia.

ORDEN

de 11 de julio de 2001, por la que se declara un nuevo foco de peste porcina clásica y se establecen nuevas zonas de protección y de vigilancia.

Mediante las órdenes correspondientes han sido declarados varios focos de peste porcina clásica y se han establecido las correspondientes zonas de protección y de vigilancia.

Ante la aparición de un nuevo focos de esta enfermedad en una explotación del término municipal de Sant Guim de Freixenet, es necesario proceder a su declaración, así como establecer las zonas de protección y de vigilancia.

De acuerdo con los reales decretos 2459/1996, de 2 de diciembre, por el que se establece la lista de enfermedades de animales de declaración obligatoria y se da la normativa para su notificación, y 2159/1993, de 13 de diciembre, por el que se establecen medidas relacionadas con la peste porcina clásica;

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Se declara oficialmente la presencia de un nuevo foco de peste porcina clásica en una explotación del término municipal de Sant Guim de Freixenet (Lleida).

Artículo 2

2.1 Se establecen las zonas de protección, con un radio mínimo de 3 kilómetros, que engloban los focos de la enfermedad, las cuales se delimitan en el anexo 1 de esta disposición.

2.2 El anexo 1 de la Orden de 9 de julio de 2001, por la que se declaran nuevos focos de peste porcina clásica, queda sustituido por el anexo 1 de la presente disposición.

Artículo 3

3.1 Se establecen las zonas de vigilancia, con un radio mínimo de 10 kilómetros, alre...

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