ORDEN IRP/181/2007, de 30 de mayo, por la que se determinan los horarios máximos de determinados establecimientos públicos destinados a espectáculos públicos y/o actividades recreativas, sometidos a la Ley 10/1990, de 15 de junio, sobre policía del espectáculo, las actividades recreativas y los establecimientos públicos.

DOGC. Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (en castellano) núm. 4899, 7 de Junio de 2007Disposiciones Generales › DEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN

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ORDEN IRP/181/2007, de 30 de mayo, por la que se determinan los horarios máximos de determinados establecimientos públicos destinados a espectáculos públicos y/o actividades recreativas, sometidos a la Ley 10/1990, de 15 de junio, sobre policía del espectáculo, las actividades recreativas y los establecimientos públicos.

ORDEN

IRP/181/2007, de 30 de mayo, por la que se determinan los horarios máximos de determinados establecimientos públicos destinados a espectáculos públicos y/o actividades recreativas, sometidos a la Ley 10/1990, de 15 de junio, sobre policía del espectáculo, las actividades recreativas y los establecimientos públicos.

El Estatuto de autonomía de Cataluña establece en el artículo 141.3 que la Generalidad de Cataluña tiene la competencia exclusiva en materia de espectáculos y actividades recreativas, que incluye la ordenación del sector, el régimen de intervención administrativa y el control de todo tipo de espectáculos en espacios y establecimientos públicos.

Por otra parte, la Ley 10/1990, de 15 de junio, sobre policía del espectáculo, las actividades recreativas y los establ...

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