RESOLUCIÓN TES/1933/2011, de 18 de mayo, por la que se hace público el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de la actividad extractiva y para la ampliación de una actividad dedicada a monodepósito controlado de derribos y otros residuos de la construcción en el término municipal de Olèrdola (exp. BA20080080).

Extracto


RESOLUCIÓN TES/1933/2011, de 18 de mayo, por la que se hace público el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de la actividad extractiva y para la ampliación de una actividad dedicada a monodepósito controlado de derribos y otros residuos de la construcción en el término municipal de Olèrdola (exp. BA20080080).

RESOLUCIÓN

TES/1933/2011, de 18 de mayo, por la que se hace público el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de la actividad extractiva y para la ampliación de una actividad dedicada a monodepósito controlado de derribos y otros residuos de la construcción en el término municipal de Olèrdola (exp. BA20080080).

Visto que la Ponencia Ambiental, en la sesión del día 21 de febrero de 2011, adoptó el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de la actividad extractiva y para la ampliación de una actividad dedicada a monodepósito controlado de derribos y otros residuos de la construcción en el término municipal de Olèrdola (exp. BA20080080),

Resuelvo:

Dar publicidad al mencionado Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de la actividad extractiva y la ampliación de una actividad dedicada en monodepósito controlado de derribos y otros residuos de la construcción en el término municipal de Olèrdola.

Barcelona, 18 de mayo de 2011

Assumpta Farran i Poca

Directora general de Calidad Ambiental

ACUERDO

de 21 de febrero de 2011, de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de la actividad extractiva y la ampliación de una actividad dedicada a monodepósito controlado de derribos y otros residuos de la construcción en el término municipal de Olèrdola (exp. BA20080080)

Antecedentes

La empresa Áridos Uniland, SA, solicitó inicialmente la autorización ambiental para la ampliación de la actividad extractiva y la ampliación de una actividad dedicada a monodepósito controlado de derribos y otros residuos de la construcción a nombre de la UTE Áridos Uniland, SA-Gestora de Runes de la Construcció, SA, que modifica el programa de restauración de la actividad extractiva “Olèrdola ampliación 03”, mediante la adecuación de las fases 1 y 2, de la misma empresa Áridos Uniland, SA, emplazada en el término municipal de Olèrdola.

Descripción del proyecto y del estudio de impacto ambiental

—1 Ampliación y modificación de la restauración de una explotación de calizas de la sección A) de la Ley de minas, situada en las parcelas 4, 5 y 6 del polígono 26, parcela 1 del polígono 27, parcela 9 del polígono 36 y parcela 26 del polígono 36 del Catastro de Rústica de Olèrdola. Ocupa la vertiente sudeste de una sierra de la cordillera litoral catalana próxima a la llanura de El Penedès.

La explotación actual dispone de programa de restauración autorizado, que corresponde a la actividad extractiva nombrada “Olèrdola amp. 02” (R/N: 84/0427-02), exp. núm. BA20060023, de autorización ambiental de adecuación a la Ley 3/1998, otorgada el 20 de agosto de 2007. Ésta se ha incorporado a la autorización de explotación de recursos de la sección A) denominada “Olèrdola” y núm. 1965 de registro minero mediante la Resolución de 10 de octubre de 2007 emitida por el Servicio de Investigación y Recursos Minerales de la Dirección General de Energía y Minas.

El área de afección autorizada es de 32,89 ha. La actividad actual dispone de una zona de instalaciones, con una planta de tratamiento de áridos, una planta de hormigón, otras instalaciones auxiliares, oficinas y los accesos, y de tres fases de explotación con la restauración integrada.

El proyecto presentado propone unas modificaciones del programa de restauración vigente, consistentes esencialmente en:

a) Ampliación en profundidad de los frentes de explotación en el sector nordeste de la actividad extractiva autorizada. Afectará a las llamadas fases 1 y 2 del proyecto.

b) Emplazamiento en este sector nordeste de un monodepósito controlado de tierras y escombros de la construcción, a modo de ampliación del que existe muy cerca del límite sudeste de la actividad extractiva autorizada. A la vez, servirá de relleno de los frentes explotados en la restauración propuesta. El nuevo monodepósito ocupará un área de 18,36 ha, coincidente con las fases 1 y 2 del proyecto.

c) Ampliación de la zona de instalaciones en unas 5,0 ha, a añadirse por el límite noroeste y suroeste actual. En esta...

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