RESOLUCIÓN GAP/157/2005, de 3 de enero, por la que se convoca la concesión de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino y para el personal laboral al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña para el año 2004 y se aprueban las bases.

Extracto


RESOLUCIÓN GAP/157/2005, de 3 de enero, por la que se convoca la concesión de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino y para el personal laboral al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña para el año 2004 y se aprueban las bases.

RESOLUCIÓN

GAP/157/2005, de 3 de enero, por la que se convoca la concesión de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino y para el personal laboral al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña para el año 2004 y se aprueban las bases.

Dado el Acuerdo de las comisiones de acción social del personal funcionario e interino y del personal laboral de 30 de noviembre de 2004, por el que se aprueban las bases reguladoras del fondo de acción social para el año 2004 y el Acuerdo de la Mesa sectorial del personal de administración y técnico, de 17 de diciembre de 2004, de ratificación de estas bases.

Dado el punto 14.1 del Acuerdo general sobre condiciones de trabajo del personal del ámbito de aplicación de la Mesa de Negociación de la Administración de la Generalidad de Cataluña de 12 de julio de 2000, que establece la dotación económica del Fondo de acción social para el año 2004;

Dado el Acuerdo, de 11 de noviembre de 2004, de la Comisión Negociadora del VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña, en el que se establece la dotación económica del Fondo de acción social para el año 2004;

En uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente,

Resuelvo:

.1  Abrir la convocatoria para la concesión de ayudas del fondo de acción social para el personal funcionario e interino de administración y técnico y para el personal laboral al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña para el año 2003. Las ayudas deben ser solicitadas de acuerdo con las bases que figuran en el anexo de esta Resolución.

.2  El plazo de presentación de solicitudes es de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer los siguientes recursos y/o reclamaciones:

a) El personal funcionario e interino, recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, o directamente recurso contencioso administrativo ante el correspondiente juzgado de lo contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que establece la Ley 29/1998, ...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía