DECRETO 142/2007, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de la educación primaria.

Extracto


DECRETO 142/2007, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de la educación primaria.

DECRETO

142/2007, de 26 de junio, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de la educación primaria.

La Generalidad de Cataluña, de acuerdo con lo previsto en el artículo 131.3.c) del Estatuto de autonomía de Cataluña, tiene competencia compartida para el establecimiento de los planes de estudio correspondientes a la educación obligatoria, incluyendo la ordenación curricular.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece en el artículo 6 que se entiende por currículo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de las diferentes enseñanzas. De acuerdo con esta misma Ley, corresponde al Gobierno regular la ordenación curricular de la educación primaria, teniendo en cuenta las enseñanzas mínimas establecidas por el Real decreto 1513/2006, de 7 de diciembre. Es función de los centros docentes desarrollar y completar el currículo.

Por otra parte, el Estatuto de autonomía de Cataluña, en su artículo 6, determina que la lengua propia de Cataluña es el catalán, la cual tiene que ser la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la enseñanza. Las dos lenguas oficiales, catalán y castellano, tienen que ser conocidas por la ciudadanía de Cataluña. La Ley 7/1983, de 18 de abril, de normalización lingüística en Cataluña, ya definía la lengua catalana como lengua propia de Cataluña y de la enseñanza en todos sus niveles educativos; consideración que mantuvo la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, en su artículo 20. La mayor complejidad y la diversidad lingüística y cultural de la sociedad catalana actual hacen necesario potenciar desde la escuela la lengua propia, que se tiene que convertir en lengua común y factor de cohesión social de toda la población.

Siguiendo una de las constantes de la renovación pedagógica en Cataluña, el Gobierno quiere destacar la importancia de la educación primaria, como una etapa fundamental y privilegiada en la formación de las niñas y los niños. Esta etapa educativa es el marco idóneo para adquirir las competencias básicas y los instrumentos necesarios para realizar nuevos aprendizajes y poner las bases de una formación personal basada en la autonomía personal, la responsabilidad, la solidaridad, la libertad, la participación y el compromiso individual y colectivo; para conocer los elementos básicos de la lengua, el entorno geográfico, la historia y las tradiciones que permitan arraigarse en el país; para poder participar en la construcción de un mundo mejor y continuar aprendiendo a lo largo de la vida.

El papel de los maestros y de las maestras en esta etapa es fundamental para que las niñas y las niños valoren lo que significa aprender y adquieran la competencia de aprender a aprender con la mente abierta y con la conciencia y la voluntad de mejorar permanentemente. Corresponde al maestro y a la maestra orientar, acompañar, estimular, impulsar el hábito del descubrimiento y la creatividad y evitar dogmatismos. Por eso será fundamental, al lado de los procesos de enseñanza y de aprendizaje, una adecuada acción tutorial que atienda tanto los aspectos individuales como los de trabajo grupal del alumnado.

El centro escolar es el ámbito donde se desarrollará el currículo y se pondrá a prueba su eficacia, coherencia y utilidad. El desarrollo del currículo en cada centro y en cada aula implica disponer de autonomía curricular, es decir, que el equipo docente responsable de su aplicación pueda adaptar el currículo a las características del grupo de niñas y niños y a la situación socioeconómica y lingüística del centro y de su entorno social. La finalidad del desarrollo curricular es la mejora del nivel educativo de todo el alumnado para conciliar la calidad de la educación con la equidad en la oferta educativa. Para alcanzar este objetivo es necesaria la colaboración de las familias comprometiéndose a hacer el seguimiento del trabajo cotidiano de sus hijos e hijas; del alumnado esforzándose para aprender; del profesorado creando entornos motivadores para el aprendizaje; y de la administración educativa, con la corresponsabilidad de los entes locales, facilitando los recursos necesarios para mejorar el éxito educativo.

En este Decreto se definen las competencias básicas generales que las niñas y los niños tienen que adquirir en la educación primaria, las cuales se consolidarán a lo largo de la educación secundaria obligatoria. Estas competencias tienen que contribuir al desarrollo personal del alumnado, a la práctica de la ciudadanía activa, al arraigo en el país, a la incorporación a la vida adulta de forma satisfactoria y al desarrollo del aprendizaje a lo largo de la vida.

Los objetivos de la educación primaria se definen para el conjunto de la etapa. En cada área curricular se describe la aportación al desarrollo de las competencias básicas y se definen los objetivos generales, y los contenidos y los criterios de evaluación de cada ciclo. Los elemento...

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