DECRETO 390/2011, de 13 de septiembre, por el que se aprueba la constitución de la Entidad Municipal Descentralizada de Baldomar, en el término municipal de Artesa de Segre.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

390/2011, de 13 de septiembre, por el que se aprueba la constitución de la Entidad Municipal Descentralizada de Baldomar, en el término municipal de Artesa de Segre.

Conforme con lo establecido en el artículo 79 del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, la Junta Vecinal de Baldomar, en fecha 2 de abril de 2009, presentó la solicitud de inicio del expediente de creación de la Entidad Municipal Descentralizada de Baldomar en el Ayuntamiento de Artesa de Segre, el cual, mediante el acuerdo plenario de 1 de junio de 2009, informó favorablemente el expediente para la constitución de la mencionada entidad.

En fecha 2 de noviembre de 2009 la secretaria del Ayuntamiento de Artesa de Segre certificó que el expediente había estado sometido a información pública mediante la exposición del acuerdo en el tablón de anuncios de la corporación y la publicación de los correspondientes anuncios en el DOGC núm. 5443, de 14.8.2009, y en el Butlletí Oficial de la Província de Lleida núm. 114, de 13.8.2009.

Durante el trámite de información pública no se presentó alegación alguna.

El expediente tuvo entrada en el Registro general del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales el 3 de noviembre de 2009.

Mediante el informe de 6 de octubre de 2010, los Servicios Técnicos de la Dirección General de Administración Local informaron favorablemente sobre el expediente administrativo, dado que en este se acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación de régimen local para la creación de una entidad municipal descentralizada.

La Comisión de Delimitación Territorial, en sesión de 17 de noviembre de 2010, emitió informe favorable sobre el expediente, y la Comisión Jurídica Asesora, en sesión de 7 de abril de 2011, emitió dictamen favorable.

Por todo ello, teniendo en cuenta que está acreditado que en el ámbito de Baldomar concurren circunstancias de naturaleza geográfica, histórica, social, económica o administrativa que justifican la creación de la entidad municipal descentralizada, que cuenta con los recursos suficientes para cumplir sus atribuciones y que su constitución no supone una pérdida de calidad en la prestación de los servicios generales del municipio de Artesa de Segre;

Considerando lo dispuesto en los artículos 79 y 80 del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR