RESOLUCIÓN TRI/3207/2004, de 19 de octubre, por la que se ordena la inscripción, el depósito y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de Arts Gràfiques de Girona, SL, para los años 2004-2006 (código de convenio núm. 1701222).

Extracto


RESOLUCIÓN TRI/3207/2004, de 19 de octubre, por la que se ordena la inscripción, el depósito y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de Arts Gràfiques de Girona, SL, para los años 2004-2006 (código de convenio núm. 1701222).

RESOLUCIÓN

TRI/3207/2004, de 19 de octubre, por la que se ordena la inscripción, el depósito y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de Arts Gràfiques de Girona, SL, para los años 2004-2006 (código de convenio núm. 1701222).

Visto el texto del Convenio colectivo de trabajo de Arts Gràfiques de Girona, SL, suscrito, por una parte, por los representantes de la empresa y, por la otra, por la de sus trabajadores, el día 14 de julio de 2004, y de acuerdo con lo que establecen los artículos 90.2 y 90.3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido del Estatuto de los trabajadores; el Decreto de la Generalidad de Cataluña 326/1998, de 24 de diciembre; el artículo 11.2 de la Ley orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de autonomía de Cataluña, y otras normas concordantes,

Resuelvo:

.1  Ordenar la inscripción del Convenio colectivo de trabajo de Arts Gràfiques de Girona, SL, para los años 2004-2006 (código de convenio núm. 1701222) en el Registro de convenios de los Servicios Territoriales de Trabajo e Industria en Girona.

.2  Ordenar su depósito en la oficina correspondiente de estos Servicios Territoriales.

.3  Disponer que el citado Convenio colectivo se publique en el DOGC.

Notifíquese esta Resolución a la Comisión Negociadora del Convenio.

Girona, 19 de octubre de 2004

Núria Arnay i Bosch

Directora de los Servicios Territoriales

en Girona en funciones

Traducción del texto firmado por las partes

CONVENIO

colectivo de la empresa Arts Gràfiques de Girona, SL

Capítulo 1

Ámbito y vigencia

Artículo 1

Ámbito territorial

El ámbito territorial es el de la empresa para los centros de trabajo actuales y para los que pueda tener en el futuro.

Artículo 2

Ámbito personal

Afecta a la totalidad del personal actual que presta sus servicios con contrato laboral y al que durante la vigencia de este Convenio se pueda incorporar con carácter fijo o temporal, cualquiera que sea su trabajo, con las exclusiones siguientes:

a) El personal referido en los artículos 1.3 y 2.1...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía