DECRETO 121/2014, de 26 de agosto, de la Comisión de Precios de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

La Comisión de Precios de Cataluña es un órgano colegiado que tiene como objetivo el ejercicio de las funciones de intervención en relación con la aprobación y la modificación de los precios sujetos a los regímenes de autorización y de comunicación administrativa de ámbito autonómico.

En Cataluña la competencia sobre la autorización de determinados precios fue transferida por el Real decreto 1386/1978, de 23 de junio, de traspaso de competencias de la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de comercio, y su asignación al Departamento competente en materia de industria y comercio se produjo mediante el Decreto de 16 de octubre de 1978 y se ha mantenido hasta el vigente Decreto 352/2011, de 7 de junio, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo.

El hecho de que la competencia material en relación con los precios objeto de intervención por parte de la Comisión de Precios de Cataluña, como la ordenación de los transportes y los ferrocarriles de ámbito autonómico y la ordenación de los servicios públicos en materia de abastecimiento de aguas se concentre actualmente en el Departamento de Territorio y Sostenibilidad, justifica que, por motivos de eficiencia y eficacia, la Comisión de Precios de Cataluña se adscriba a este Departamento.

Con esta finalidad, aparte de hacer posible el cambio de adscripción de la Comisión de Precios de Cataluña del Departamento de Empresa y Empleo al Departamento de Territorio y Sostenibilidad, también se ha considerado conveniente adoptar una regulación ex novo , con respecto a la estructura y el funcionamiento y los principios de simplificación normativa que han de dirigir la actuación de la Administración. Así, se derogan el Decreto 164/1993, de 1 de junio, por el que se modifica la estructura de la Comisión de Precios de Cataluña y se establece su funcionamiento, y el Decreto 251/1996, de 5 de julio, que a la vez lo modifica, y se prevé la modificación de los decretos de estructura de los dos departamentos proponentes, es decir el Decreto 352/2011, de 7 de junio, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo, y el Decreto 342/2011, de 17 de mayo, de reestructuración del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.

De conformidad con lo que se ha expuesto, visto lo que establecen la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, los artículos 26.e), 39.1 y 40 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, y el título IV de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;

Por todo ello, a propuesta de los consejeros de Empresa y Empleo y de Territorio y Sostenibilidad, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Finalidad

La Comisión de Precios de Cataluña es un órgano colegiado que tiene como objetivo el ejercicio de las funciones de intervención en relación con la aprobación y la modificación de los precios de los suministros de agua, transporte urbano de viajeros, compañías ferroviarias de ámbito autonómico o de las tarifas de los bienes y servicios sujetos al régimen de autorización y de comunicación administrativa de ámbito autonómico.

Artículo 2

Adscripción

La Comisión de Precios de Cataluña se adscribe al departamento competente en materia de transportes y de agua, bajo la dependencia de la Secretaría General.

Artículo 3

Composición

La Comisión de Precios de Cataluña se compone de los miembros siguientes:

  1. ...

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