DECRETO 20/2017, de 21 de marzo, por el que se aprueba la alteración de los términos municipales de Llobera y de Olius.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda
Rango de LeyDecreto

El 13 de mayo de 2013 el Pleno del Ayuntamiento de Llobera acordó iniciar un expediente de alteración de los términos municipales de Llobera y de Olius para modificar un tramo de su línea de término, en el lugar conocido como Camp del Fuster, con el fin de adaptar los términos municipales a la realidad urbanística municipal del momento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, en relación con el artículo 13.1.c) del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril.

El expediente fue sometido a información pública, sin que se presentaran alegaciones en este trámite, y a informe de los entes locales que no la habían promovido. El Ayuntamiento de Olius, por Acuerdo del Pleno de 5 de septiembre de 2013, y el Consejo Comarcal del Solsonès, mediante un informe de los servicios técnicos de 25 de enero de 2016, informaron favorablemente sobre la alteración de los términos propuesta. La Diputación de Lleida informó, el 20 de abril de 2015, que no le correspondía evaluar la memoria de la alteración.

El Ayuntamiento de Llobera, mediante acuerdo del Pleno de 7 de marzo de 2016, acordó, por mayoría absoluta del número legal de sus miembros, aprobar la procedencia de la alteración de los términos municipales propuesta, y en fecha de 5 de abril de 2016 remitió el certificado junto con el expediente administrativo al Departamento de Gobernación, Administraciones Públicas y Vivienda.

El 14 de julio de 2016, la Dirección General de Administración Local emitió un informe favorable sobre la tramitación del procedimiento y la procedencia de la alteración, de acuerdo con los criterios fijados en el Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña.

La Comisión de Delimitación Territorial, en la sesión de 27 de julio de 2016, emitió un informe favorable sobre el expediente.

El 1 de agosto de 2016, se puso en conocimiento de la Administración del Estado la tramitación del expediente.

La Comisión Jurídica Asesora, reunida el 1 de diciembre de 2016, aprobó el Dictamen sobre la alteración de los términos municipales de Llobera y de Olius en el que informa favorablemente sobre el expediente.

Por todo ello, teniendo en cuenta que hay consideraciones de orden...

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